Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2008 (18/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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y contratar con el Estado, por no mantener su oferta hasta la suscripcion del contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.

vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 35. LIDCOV S.R.L. Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos y por suscribir el contrato sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, causales tipificadas en los numerales 9) y 5) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2113 -2008-TC-S3 de 25.07.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 36. INTERAMERICA IMPORTACIONES S.R.L. Inhabilitacion por seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2114 - 2008-TC-S3 de 25.07.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 37. GREY INVERSIONES S.A.C. Mediante Resolucion Nº 2116-2008-TC-S3 de 25.07.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1891-2008-TC-S3 de 04.07.2008, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 38. CORPORACION DIAGNOSTICA S.A.C. Mediante Resolucion Nº 2119-2008-TC-S3 de 25.07.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1890-2008-TCS3 de 04.07.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 39. IMPORTADORA INDUSTRIAL "TRES B" S.R.L. Mediante Resolucion Nº 2164-2008-TC-S3 de 30.07.2008, se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1856-2008-TC-S3 de 30.06.2008, reformando el periodo de sancion de veinte (20) a catorce (14) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 40. GRIFO ITALIA E.I.R.L. Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2167 - 2008-TC-S3 de 30.07.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 41. TECNIN DEL PERU S.A. Mediante Resolucion Nº 2183-2008-TC-S3 de 05.08.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1917-2008-TC-S3 de 07.07.2008, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no cumplir con la orden de compra emitida a su favor, causal tipificada

28. FORESTAL MADERERA MORDAZA E.I.R.L. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por participar en el MORDAZA de seleccion, sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infraccion tipificada en el numeral 5) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2057-2008-TCS3 de 22.07.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 29. GRIS, MORDAZA y ASOCIADOS S.C. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por participar en el MORDAZA de seleccion, sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infraccion tipificada en el numeral 5) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2058-2008-TCS3 de 22.07.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion.

30. AGENCIA DE POLICIA DE PROTECCION Y SEGURIDAD PRIVADA UNICA S.A.C. Mediante Resolucion Nº 2059-2008-TC-S3 de 22.07.2008, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1788-2008-TC-S3 de 26.06.2008, que le sanciona con Inhabilitacion definitiva en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, al haberse configurado la causal de reincidencia establecida en el articulo 303º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 31. TOP CAR S.A. Inhabilitacion por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2071 -2008-TCS3 de 22.07.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 32. INDUSTRIA PERUANA DEL ALUMINIO S.A. Mediante Resolucion Nº 2072-2008-TC-S3 de 22.07.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1821-2008-TC-S3 de 30.06.2008, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 33. MEGA 3000 S.R.L. Inhabilitacion por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2074 -2008-TC-S3 de 22.07.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 34. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas del contrato, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2088 - 2008-TC-S3 de 24.07.2008, sancion que entrara en

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