Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (18/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 18 de agosto de 2008 378315 de publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano” la relación de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el artículo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), publicará mensualmente la relación de proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan sido sancionados por el Tribunal en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Dirección de Plataforma - SEACE respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Dirección por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de julio de 2008; y De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del Artículo 59º de la Ley, el numeral 14 del Artículo 3º y el numeral 23 del Artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2007-EF. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la publicación de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de julio de 2008: 1. ENITH BETTY REYNAGA MONGE. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustifi cado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolución, causal tipifi cada en el literal b) del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 1069-2008-TC-S3 de 15.04.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 2. DAVID EUGENIO MACHA ALIAGA Inhabilitación por seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1240-2008-TC-S3 de 30.04.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 3. CÉSAR EDGAR PANDURO VILLACORTA (VIDRIERÍA y MANUFACTURAS DE ALUMINIO “MILANO”) Inhabilitación por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1373 -2008-TC-S3 de 19.05.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 4. AMÉRICO OBDULIO TAGLE LOSTAUNAU. Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1420-2008-TC-S3 de 22.05.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 5. MAGIC SYSTEM S.A.C. Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1513 -2008-TC-S3 de 30.05.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución.6. VENTAS, SERVICIOS Y REPRESENTACIONES GARCÍA E.I.R.L. Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1674-2008-TC-S3 de 13.06.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 7. FERNANDO ZEBALLOS CABELLO Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución parcial del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1845-2008-TC-S3 de 30.06.2008, aclarada mediante Resolución Nº 1878-2008-TC-S3 de 02.07.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 8. PAOLA MATILDE CÁCERES CÁCERES Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1849 -2008-TC-S3 de 30.06.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 9. ADA BUSINESS S.A.C. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas de la orden de compra, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1855-2008-TC-S3 de 30.06.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 10. ELECON INGENIEROS S.R.L. Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustifi cado de sus obligaciones derivadas del contrato, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1861 - 2008-TC-S3 de 30.06.2008, aclarada mediante Resolución Nº 1879-2008-TC-S3 de 02.07.2008 y rectifi cada mediante Resolución Nº 2162-2008-TC-S3 de 30.07.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 11. ALDO ENRIQUE RAMÍREZ CHAUPIS (CENTER. COM) Inhabilitación por dieciocho (18) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1886 - 2008-TC-S3 de 03.07.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 12. REPES E.I.R.L. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscribir injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1901-2008-TC-S3 de 07.07.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución.Descargado desde www.elperuano.com.pe