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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de agosto de 2008 378884 además de ofrecer la oportunidad de conocer las principales innovaciones y tendencias del mercado asiático, que se muestra como uno de los más dinámicos y atractivos para el posicionamiento de los productos frescos peruanos; Que, en virtud a lo expuesto, se ha visto por conveniente autorizar el viaje de profesionales de la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado, para que en representación del Ministerio de Agricultura realicen acciones de promoción que incentiven el comercio de productos frescos peruanos en el continente asiático, aprovechando las oportunidades que nos pueda brindar el Tratado de Libre Comercio con China próximo a suscribirse, análisis de prospección de mercados de los países participantes y reuniones de coordinación y de los aspectos referentes a la instalación de stands peruanos en apoyo a los productores y exportadores del Sector desde el día previo a la realización de la Feria Asia Fruit Logistica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.2 del Artículo 8º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Eduardo Talavera Larenas y Gonzalo Manuel Lam Chiang, profesionales de la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado, a las ciudades de Hong Kong y Guangzhou, República Popular China, del 6 al 15 de setiembre de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: EDUARDO TALAVERA LARENAS Pasajes US$ 4 532.94 Viáticos US$ 1 820.00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 --------------------Total US$ 6 383.19 GONZALO MANUEL LAM CHIANGPasajes US$ 4 532.94 Viáticos US$ 1 820.00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 --------------------Total US$ 6 383.19 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 245547-7Disponen que la Comisión de Transferencia del CONACS adopte medidas a fin de continuar transferencias de bienes y otros de la ex sede institucional principal del CONACS en Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0735-2008-AG. Lima, 28 de agosto de 2008 VISTO:El acuerdo de la Comisión de Transferencia del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS, adoptado en sesión del 26 de junio del 2008 y el Ofi cio Nº 393-2008-AG-CONACS/P de su Presidente Ejecutivo (e) de fecha 1 de julio del 2008; y, CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, de fecha 30 de enero de 2002 se declara al Estado Peruano en Proceso de Modernización, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo dicho proceso y establece que, el proceso de Modernización de la Gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de Recursos Públicos; Que mediante Decreto Supremo Nº 026-92-AG se creó el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS, como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Agricultura, el cual tiene entre sus funciones promover, supervisar y normar el desarrollo de conservación, manejo y aprovechamiento de las especies que conforman los camélidos sudamericanos, incluyendo los híbridos en el país; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1111-2006- AG, se resuelve establecer la sede institucional principal del CONACS del Ministerio de Agricultura, en la ciudad de Puno, departamento de Puno; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2007-AG, se dispone la Múltiple Fusión por Absorción del CONACS con la Dirección General de Promoción Agraria del Ministerio de Agricultura y el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 014-2007- AG, precisa que el Proceso de Fusión Múltiple dispuesto mediante el Decreto Supremo Nº 012-2007-AG, se hará efectivo una vez que se culmine con la transferencia de funciones y competencias del CONACS a los Gobiernos Regionales; Que, por su parte, el Decreto Supremo Nº 030-2007-AG precisa que el proceso de Fusión Múltiple dispuesto por los Decretos Supremos Nº 012-2007-AG y Nº 014-2007-AG, se hará efectivo una vez que culmine la transferencia de funciones y competencias del CONACS a los Gobiernos Regionales, incluidas en el inciso p) del articulo 51 o de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la cual no excederá del 31 de diciembre del 2007; Que mediante Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM se amplía el plazo para culminar las transferencias de competencias, funciones, atribuciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos, programados en el “Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, se realicen hasta el 31 de diciembre del 2008; Que, en ese sentido, resulta necesario adoptar medidas que tengan como propósito facilitar la extinción del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS en el marco del proceso de fusión por absorción dispuesto por el Decreto Supremo Nº 012-2007-AG y sus modifi catorias y/o ampliatorias; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura,