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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (30/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de agosto de 2008 378887 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar concluido el Proceso de Efectivización de la Transferencia en materia agraria de las Funciones Especí fi cas consignadas en los literales “k”, ”m” y “p” al Gobierno Regional del departamento de Ayacucho, establecidas por el artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, consideradas en el Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales, conforme al cuadro de facultades recibidas por los Gobiernos Regionales y las retenidas por el Ministerio de Agricultura que aparecen en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley Nº 28273, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, la Dirección General de Promoción Agraria, el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria, el Instituto Nacional de Innovación Agraria, y el Gobierno Regional del departamento de Ayacucho; deberán adecuar sus instrumentos institucionales y de gestión, previa a la formalización de la transferencia de las funciones y facultades correspondientes a que se hace referencia en el artículo primero de la presente Resolución y que se detalla en el Anexo adjunto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura ANEXO Función Específi ca k) del artículo 51º de la LOGR: Promover y prestar servicios de asistencia técnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las políticas y programas establecidos por la autoridad nacional de sanidad agraria. FACULTADES RECIBIDAS POR EL GOBIERNO REGIONAL RETENIDAS POR EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Implementar la política regional de asistencia técnica en manejo integrado de plagas en cultivos priorizados de ámbito regional.Diseñar políticas y programas de asistencia técnica en manejo integrado de plagas que determine la autoridad nacional en sanidad agraria. Proponer y formular los planes, programas y proyectos de asistencia técnica en manejo integrado de plagas que determine la autoridad nacional en sanidad agraria. Promover, formular y aprobar planes, programas y proyectos de asistencia técnica en manejo integrado de plagas. Incluir programas de manejo integrado de plagas en los planes operativos anuales a nivel regional. Promover la sostenibilidad de planes, programas y proyectos de asistencia técnica mediante el desarrollo de capacidades durante y después proceso de transferencia. Prestar servicios de asistencia técnica en manejo integrado de plagas que determine la autoridad nacional en sanidad agraria. Efectuar el seguimiento, evaluación y monitoreo de las actividades de manejo integrado de plagas. Efectuar el seguimiento a nivel regional de plagas a ser reportadas para su identi fi cación por la autoridad nacional en sanidad agraria.Evaluación de los reportes técnicos regionales sobre identifi cación de plagas. Mantener la con fi dencialidad e informar a la autoridad nacional en sanidad agraria de las plagas reportadas como nuevas y/o registradas como cuarentenadas de ámbito regional.Establecer las medidas fi tosanitarias para plagas reportadas como nuevas y/o registradas como cuarentenazas. Implementar la política regional de asistencia técnica en prevención y control de enfermedades en crianzas priorizadas de ámbito nacional.Diseñar políticas y programas de asistencia técnica en prevención y control de enfermedades que determine la autoridad nacional en sanidad agraria. Proponer y formular los planes, programas y proyectos de asistencia técnica en enfermedades que determine la autoridad nacional en sanidad agraria. Promover, formular y aprobar planes, programas y proyectos de asistencia técnica en enfermedades. Incluir programas de prevención y control de enfermedades parasitarias en los planes operativos anuales a nivel regional. Promover la sostenibilidad de planes, programas y proyectos de asistencia técnica mediante el desarrollo de capacidades durante y después del proceso de transferencia. Prestar servicios de asistencia técnica en prevención y control de enfermedades que determine la autoridad nacional en sanidad agraria. Efectuar el seguimiento, evaluación y monitoreo de las actividades de prevención y control en enfermedades. Efectuar el seguimiento a nivel regional de enfermedades a ser reportadas para su identi fi cación por la autoridad nacional en sanidad agraria.Evaluación de reportes técnicos regionales sobre identifi cación de enfermedades. Mantener la con fi dencialidad e informar a la autoridad nacional en sanidad agraria de las enfermedades reportadas como nuevasy/o registradas como cuarentenadas de ámbito regional.Establecer las medidas sanitarias para las enfermedadesreportadas como nuevas y/o registradas como cuarentenadas. Función Específi ca m) del artículo 51º de la LOGR: Fomentar la investigación y transferencia de tecnológica y extensión agropecuaria. FACULTADES RECIBIDAS POR EL GOBIERNO REGIONAL RETENIDAS POR EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Proponer la política agraria a nivel regional en materia de investigación agropecuaria, en armonía con la política nacional de investigación.Diseñar y proponer la política agraria a nivel nacional en materia de investigación agraria. Participar y apoyar la ejecución de la política regional de investigación agropecuaria; a través de convenios y proyectos conjuntos sobre la materia en armonía con la política nacional sobre la materia.Implementar la política agraria a nivel nacional, en materia de investigación agraria; a través de las EEA localizadas en las zonas agroecológicas del país. Ejecutar el seguimiento y supervisión de los convenios y proyectos conjuntos, en materia de investigación agropecuaria. Efectuar el seguimiento y evaluación a nivel nacional en materia de investigación agraria; utilizando un sistema de información articulado con las EEA. Proponer y ejecutar proyectos de investigación agropecuaria de importancia regional, mediante convenios conjuntos sobre la materia.Formular y ejecutar proyectos de investigación agraria y agroindustrial a nivel nacional a través de las EEA; aprovechando las potencialidades agroecológicas y de mercado. Efectuar el seguimiento y supervisión de los proyectos de investigación agropecuaria de importancia regional en armonía con la política nacional sobre la materia.Efectuar el seguimiento y evaluación a nivel nacional de los proyectos de investigación agraria y agroindustrial; utilizando un sistema de información articulado con las EEA.