Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (30/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de agosto de 2008 378885 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 1111-2006-AG de fecha 23 de agosto de 2006. Artículo 2º.- Disponer que la Comisión de Transferencia del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS, constituida por el Decreto Supremo Nº 012-2007-AG adopte las medidas necesarias a fi n de continuar el proceso de transferencia de los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posición contractual, obligaciones, pasivos y activos de la ex sede institucional principal del CONACS en Puno, a la Dirección General de Promoción Agraria del Ministerio de Agricultura y al Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, según corresponda, de acuerdo a las funciones asumidas. Artículo 3º.- Disponer que la O fi cina de Enlace del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS en la ciudad de Lima, desarrolle las actividades que esta institución requiera, en tanto se concluya con el proceso de fusión por absorción dispuesto por el Decreto Supremo Nº 012-2007-AG. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 245530-1 Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Nacional de Productos Bandera - COPROBA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0736-2008-AG. Lima, 28 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004- MINCETUR, se creó la Comisión Nacional de Productos Bandera -COPROBA, encargada de elaborar la Estrategia Nacional Integrada de Identi fi cación, Promoción y Protección de la Identidad de los Productos Bandera, tanto en el interior como en el exterior del país; Que, la norma antes citada establece que la COPROBA estará integrada por un representante del Ministerio de Agricultura, el que será designado mediante Resolución Ministerial del Sector; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1235-2006- AG, de fecha 29 de setiembre del 2006, se designó al Director General de la O fi cina General de Plani fi cación Agraria y al Director de la O fi cina de Estrategia y Políticas, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura ante la COPROBA; Que, mediante Ofi cio Nº 16-2008-MINCETUR/VMCE/ COPROBA de fecha 14 de julio del 2008, el Presidente de la COPROBA comunica que se ha dado cumplimiento a la elaboración de la Estrategia Nacional de Identi fi cación de los Productos Bandera, quedando pendiente de elaboración la Estrategia Nacional de Promoción y la Estrategia Nacional de Protección de los Productos Bandera, por lo que requiere que se designe o rati fi que al miembro titular y suplente que se desempeñará como representante del Sector Agrario en el citado colegiado; Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente, dejar sin efecto la designación del representante titular y suplente contenida en la Resolución Ministerial Nº 1235-2006-AG y proceder a designar a quienes, en su reemplazo, ejercerán la citada representación; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto las designaciones contenidas en el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 1235-2006-AG. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a CLARA GISELLA MARITZA CRUZALEGUI RANGEL y a MARCO ANTONIO UMPIRE LÓPEZ, como representantes titular y alterno respectivamente, del Ministerio de Agricultura ante la Comisión Nacional de Productos Bandera -COPROBA, creada por Decreto Supremo Nº 015-2004-MINCETUR. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 245530-2 Aprueban el Manual del Usuario Sistemas de Abastecimiento y Precios - SISAP Ciudades RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0737-2008-AG. Lima, 28 de agosto de 2008 VISTO:El Ofi cio Nº 1038-2008-AG-DGIA-DG/0140-PS de fecha 7 de agosto de 2008, elaborado por el Director General de la Dirección General de Información Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1082 se creó el Sistema Integrado de Estadística Agraria conformante del Sistema Estadístico Nacional con el objeto de integrar, coordinada y sistematizadamente, la información estadística agraria generada por las distintas dependencias de la materia; Que, en este marco jurídico, el Ministerio de Agricultura ha desarrollado el Sistema de Abastecimiento y Precios - SISAP como herramienta informática para brindar datos oportunos, veraces y actualizados, vía Internet, sobre el abastecimiento y precios de los principales productos agrícolas y agroindustriales; Que, el referido Sistema está conformado por tres módulos, que son el SISAP Lima, SISAP Garitas y SISAP Ciudades, cada uno de éstos presenta una estructura distinta que requiere de capacitación directa a las personas que alimentarán con la información, a fi n que los módulos cumplan con el objetivo, cual es brindar información en tiempo real; Que, en el caso del módulo de SISAP Ciudades es necesario capacitar a los técnicos de las regiones que trabajarán como reporteros en el acopio de información de precios en las principales ciudades del país; Que, para ello es necesario aprobar un manual que sirva a los usuarios del sistema como de instrucción y de consulta; De conformidad a lo dispuesto en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 997 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el documento técnico denominado Manual del Usuario Sistemas de Abastecimiento y Precios - SISAP Ciudades, que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, notifíquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 245530-3