Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (26/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de diciembre de 2008 386170 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1117-2008-AG Lima, 22 de diciembre de 2008CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 51º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, se establece que las funciones en materia agraria, entre otras, que corresponden a los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las políticas regionales y en concordancia con la política nacional; Que, mediante Decretos Supremos Nºs. 038-2004- PCM, 052-2005-PCM, 021-2006-PCM y 076-2006-PCM se aprobaron los “Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2004, 2005 y 2006”, los que en conjunto incluyen las dieciséis (16) funciones específicas en materia agraria (“a”, “b”, “c”, “d”, “e”, “f”, “g”, “h”, “i”, “j”, “k”, “l”, “m”, “o”, “p” y “q” del artículo 51° de la Ley Nº 27867), a ser transferidas a los Gobiernos Regionales previo cumplimiento de los requisitos generales y específicos para acreditar y consecuentemente acceder a las funciones sectoriales conforme a lo previsto por la Ley Nº 28273 – Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM se dispuso la culminación, al 31 de diciembre de 2007, de las transferencias programadas en el Plan de Mediano Plazo 2006-2010, de las funciones sectoriales, fondos, proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza y de los proyectos de inversión en infraestructura productiva, de alcance regional, a los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda, en el marco del Sistema de Acreditación regulado por la Ley Nº 28273 y su Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, el mismo que incluye las funciones pendientes de certifi cación, acreditación y efectivización, comprendidas en los Planes Anuales 2004, 2005 y 2006; y asimismo, aprueba los lineamientos para la simplifi cación del procedimiento de transferencias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM se amplió el plazo para culminar la transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM; posteriormente mediante Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM se amplió hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, se aprobó la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, sobre la base de un procedimiento simplifi cado de conformidad a los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM; Que, mediante Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 037-2007-PCM/SD de fecha 08 de noviembre de 2007 y 048-2007-PCM/SD de fecha 14 de diciembre de 2007; se acreditaron las funciones específi cas establecidas en el artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales correspondiente al Gobierno Regional del departamento de Madre de Dios por los literales “c”, “l”, “e” y “q” entre otras; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 033- CND-P-2005 y la Directiva Nº 002-CND-P-2005 para la efectivización de la transferencia de las funciones específi cas de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia, se establece que los sectores son responsables de dictar las Resoluciones Ministeriales y las normas pertinentes, necesarias para formalizar la transferencia del personal, bienes y acervo documentario vinculados a las funciones sectoriales;Difundir los nichos de mercado y las características que deben cumplir el procesamiento y comercialización de los productos y derivados de los camélidos sudamericanos domésticos.Promover la articulación de productores con actores públicos y privados para alentar el incremento de la oferta competitiva de los productos de los camélidos sudamericanos y sus derivados. Incentivar, promover y apoyar que la transformación de los productos y derivados de los camélidos sudamericanos domésticos incrementen su valor agregado. Promover, impulsar y propiciar la participación de los gobiernos locales en la comercialización de los productos derivados de los camélidos sudamericanos domésticos. Promover, registrar, autorizar y supervisar el adecuado funcionamiento de los centros de acopio defi bra de los camélidos sudamericanos domésticos y sus servicios conexos.Promover, aprobar y monitorear los procedimientos para el funcionamiento de los centros de acopio, bene fi cio y peleteros; asimismo, la aplicación de las normas técnicas peruanas para los productos y derivados de camélidos sudamericanos domésticos. Promover, registrar y supervisar los centros de bene fi cio de camélidos sudamericanos domésticos bajo la normatividad promulgada por la autoridad nacional. Velar y supervisar el cumplimiento de las Normas Técnicas Peruanas para los productos provenientes de los camélidos sudamericanos domésticos. Promover, registrar y supervisar el funcionamiento de centros peleteros de camélidos sudamericanos domésticos. Facilitar, promover, impulsar, apoyar el comercio de los productos de camélidos sudamericanos domésticos, en el marco de los corredores económicos macro regionales.Aprobar los lineamientos para el desarrollo de corredores económicos macro regionales y la organización en la oferta de especies, productos y derivados de los camélidos sudamericanos domésticos. Organizar, registrar y supervisar la oferta de especies y productos en el marco de los corredores económicos macro regionales. Función especí fi ca p) del artículo 51° de la LOGR: Promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservación, manejo, mejoramiento y aprovec hamiento de cultivos nativos, camélidos sudamericanos y otras especies de ganadería regional. FACULTADES Recibidas por el Gobierno Regional Retenidas por el Ministerio de Agricultura Implementar, promover, impulsar y supervisar los programas de repoblamiento y mejora genética de camélidos sudamericanos domésticos, de acuerdo a la política nacional.Promover, diseñar, aprobar, apoyar y consolidar la información de los programas de repoblamiento y mejora genética de camélidos sudamericanos, monitoreando su implementación. Mantener actualizada la información que administra la Autoridad Nacional en materia de programas de repoblamiento y mejora genética de camélidos sudamericanos. Supervisar y conducir el Sistema Regional de los Registros Genealógicos, el control y la productividad y otros registros de camélidos sudamericanos domésticos.Monitorear, aprobar y conducir el Sistema Nacional de Registros Genealógicos, control de la producción y productividad y otros registros de camélidos sudamericanos domésticos. Proporcionar a la Autoridad Nacional la información sobre los registros genealógicos, el control de la producción y la productividad y otros registros de camélidos sudamericanos domésticos. Supervisar, implementar, registrar y conducir la captura y esquila de los camélidos sudamericanos silvestres, en cumplimiento al Calendario O fi cial aprobado.Conducir, autorizar y certi fi car los procesos del Sistema Nacional del Registro Único de los Camélidos Sudamericanos Silvestres del Perú, supervisando su adecuado cumplimiento. Promover, impulsar, apoyar y fortalecer la asociatividad de titulares de manejo en camélidos sudamericanos silvestres. Promover y difundir los Chaccus dentro del Programa Turístico Regional. 294581-3 Descargado desde www.elperuano.com.pe