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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (26/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de diciembre de 2008 386184 ANEXO 2 PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ETEN Cronograma de desembolsos de recursos aportados por VIVIENDA CÓ- DIGO SNIPPROYECTOTIPO DE EJECU- CIÓN PRESU- PUESTARIATIEMPOCRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADOS S/. TOTAL OBRASUPER- VISION 95852MEJORAMIENTO DE LA INFRAESRUCTURA VIAL PEATONAL Y RECREATIVA DE LAS VIVIENDAS DEL SECTOR SUR VICTOR RAUL HAYA DE LA TORRE DEL DISTRITO CIUDAD ETEN DISTRITO DE ETEN - CHICLAYO - LAMBAYEQUEDIRECTA1º Mes 472 584.00 8 100.00 480 954.00 2º Mes 591 204.00 8 100.00 599 304.00 3º Mes 76 156.00 8 100.00 84 256.00 SUB TOTAL1 140 214.00 24 300.00 1 164 514.00 294189-2 Aprueban transferencia de maquinaria para la industria de cuero a favor de la Municipalidad Distrital de La Unión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 888-2008-VIVIENDA Lima, 22 de diciembre de 2008Vistos: El Informe Nº 110-2008-VIVIENDA-OGA de la Ofi cina General de Administración, el Informe Nº 022-2008/VIVIENDA-OGA-CGP del Comité de Gestión Patrimonial, el Memorándum Nº 295-2008/VIVIENDA-VMCS-DNC de la Dirección Nacional de Construcción, y el Ofi cio Nº 335-2007-MDLU/A de la Municipalidad Distrital de La Unión, Provincia y Departamento de Piura, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 111-96, el Ministerio de la Presidencia adquirió máquinas para la Industria del calzado, confección y tejido, con la finalidad de equipar a pequeños y microempresarios; Que, por el Decreto de Urgencia Nº 023-97, se autoriza al Ministerio de la Presidencia a destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes adquiridos por el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a favor de los Centros Educativos Estatales del país, con la fi nalidad de mejorar la calidad y habilidades técnicas de los estudiantes, dispositivo que se modifi ca por el Decreto de Urgencia Nº 086-97, incluyendo como benefi ciarios del cincuenta por ciento (50%) de las máquinas a donarse, además a las Organizaciones Sociales con fi nes Educativos, de Capacitación o de Promoción Social, debidamente constituidas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 026-2005- VIVIENDA, se autoriza al Programa de Equipamiento Básico Municipal – PREBAM a continuar, entre otras actividades, con la evaluación de las solicitudes de donación de equipos que se realice al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la formación de maquicentros en las Municipalidades, Centros Educativos y demás Organizaciones Sociales; esta función comprende desde la supervisión, hasta la instalación de dichos equipos en su destino; Que, el Decreto Supremo Nº 056-2007-EF, aprueba la fusión por absorción del PREBAM del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a cargo de la función de adquisición de maquinaria y equipo; con el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, disponiéndose que las actividades y funciones que no resulten específi camente transferidas del PREBAM al CONSUCODE se mantienen transitoriamente a cargo del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, a través del ofi cio Nº 335-2007-MDLU/A con fecha de recepción 06 de julio de 2007, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Unión, Provincia y Departamento de Piura, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la donación de maquinaria para la industria de cuero, a fi n de implementar un maquicentro donde se brinde capacitación técnica orientada a mejorar el uso de las capacidades productivas de la comunidad, contribuyendo a generar fuentes de trabajo así como a mejorar las condiciones de vida de la población; Que, mediante el Memorándum Nº 295-2008/ VIVIENDA-VMCS-DNC la Dirección Nacional de Construcción del Viceministerio de Construcción y Saneamiento a través del Informe Técnico Nº 020-2008/VIVIENDA-VMVC-DNC-PRO/RPL manifi esta que la Municipalidad Distrital de La Unión, Provincia y Departamento de Piura ha cumplido con los requisitos establecidos para la donación de maquinaria para la implementación de un Maquicentro, precisándose que cuenta con la infraestructura adecuada y con la energía necesaria para su instalación; asimismo el citado informe señala que en coordinación con la Ofi cina de Control Patrimonial del Sector y las autoridades de la Municipalidad Distrital de La Unión, la solicitud se entenderá referida para la asignación de Maquinaria para la Industria de Cuero, de acuerdo a los componentes y valores de los bienes solicitados en donación; Que, mediante el Informe Nº 022-2008/VIVIENDA- OGA-CGP, el Comité de Gestión Patrimonial, de conformidad con lo dispuesto en la “Directiva Para El Procedimiento Administrativo Respecto de los Actos de Disposición de Bienes Muebles no Patrimoniales Asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Para Ser Transferidos” aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de la Maquinaria para la Industria de Cuero a favor de la Municipalidad Distrital de La Unión, Provincia y Departamento de Piura, detallada en el Anexo que se adjunta a la presenta Resolución; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta procedente aprobar la transferencia bajo la modalidad de donación de la Maquinaria para la Industria de Cuero, que se detalla en el Anexo adjunto, por un Valor Neto ascendente a la suma de S/. 5 403,87 (Cinco Mil Cuatrocientos Tres y 87/100 Nuevos Soles) a favor de la Municipalidad Distrital de La Unión, de acuerdo a lo solicitado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º. - Aprobar la Transferencia bajo la modalidad de Donación de la Maquinaria para la Industria de Cuero descrita en el Anexo de la presente Resolución, por un Valor Neto ascendente a la suma de S/. 5 403,87 (Cinco Mil Cuatrocientos Tres y 87/100 Nuevos Soles) a favor de la Municipalidad Distrital de La Unión, Provincia y Departamento de Piura; Artículo 2º .- La Dirección Nacional de Construcción será el Órgano responsable de supervisar inclusive las acciones de instalación de la maquinaria, materia de la donación a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3º.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Bienes Descargado desde www.elperuano.com.pe