Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2008 (26/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

386176

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2008

EDUCACION
Autorizan transferencias financieras a favor de diversos Gobiernos Regionales y Locales, para la ejecucion de proyectos de inversion publica de infraestructura educativa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0448-2008-ED MORDAZA, 22 de diciembre de 2008 Vistos, el Memorando Nº 6907-2008-ME/VMGI-OINFE de la Oficina de Infraestructura Educativa; y, CONSIDERANDO: Que, el literal i) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que es funcion del Ministerio de Educacion, liderar la gestion para conseguir el incremento de la inversion educativa y consolidar el presupuesto nacional de educacion, asi como los planes de inversion e infraestructura educativa; Que, el literal l), numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza al Ministerio de Educacion a efectuar por Resolucion del Titular del Pliego, Transferencias Financieras a favor de los Gobiernos Regionales y Locales para actividades, proyectos de inversion, servicio de mantenimiento, y equipamiento, referidos a infraestructura y/o tecnologia educativa; la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Unidad de Presupuesto mediante el Informe Nº 464 -2008-ME/SPE-UP, considera que es tecnicamente factible autorizar transferencias financieras del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor de los Pliegos de los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales detallados en el Anexo adjunto a la presente resolucion, por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para financiar la elaboracion de estudios de prefactibilidad ­ perfiles y elaboracion de expedientes tecnicos, que permitan ejecutar proyectos de inversion publica de infraestructura educativa de Instituciones Educativas consideradas Emblematicas, conforme se detalla en el Anexo adjunto; y De conformidad con la Ley N° 28411, Ley Nº 29142, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modificatorias, la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 y sus modificatorias, y Resolucion Directoral Nº 049-2007-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar transferencias financieras del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor de los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales detallados en el Anexo adjunto que forma parte de integrante de la presente Resolucion, por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para financiar la elaboracion de estudios de prefactibilidad ­ perfiles y elaboracion de expedientes tecnicos, que permitan ejecutar proyectos de inversion publica de infraestructura educativa de Instituciones Educativas consideradas Emblematicas, conforme se detalla en el citado Anexo. Articulo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se realizara con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en

Descargado desde www.elperuano.com.pe

la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la elaboracion de los estudios de prefactibilidad ­ perfiles y elaboracion de expedientes tecnicos, de las Instituciones Educativas detalladas en el Anexo adjunto, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 4º.- Para la efectivizacion de la presente transferencia, sera necesario la suscripcion de Convenios entre el Ministerio de Educacion y los correspondientes Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales, en los cuales se ratificara el MORDAZA de ejecucion presupuestal, los terminos y obligaciones generales de las partes, y otras obligaciones especificas que debieran cumplirse MORDAZA de efectivizarse las transferencias respectivas. Articulo 5°.- La Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion y la Oficina de Administracion o la que haga sus veces en los correspondientes Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales, efectuaran las coordinaciones necesarias para la efectivizacion del desembolso correspondiente de las transferencias financieras autorizadas en la presente Resolucion, las que se ejecutaran a pedido de la Oficina de Infraestructura Educativa - OINFE. Articulo 6°.- Los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales, bajo responsabilidad, deberan informar los avances mensuales sobre el estado de ejecucion de los correspondientes estudios, y remitir un informe final a la Oficina de Infraestructura Educativa ­ OINFE, asimismo si hubiera algun impedimento en la elaboracion de los mismos lo debera comunicar inmediatamente a la OINFE. Articulo 7°.- La Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion - OINFE se encargara, de acuerdo a sus funciones, de gestionar y coordinar la suscripcion de los Convenios referidos en el articulo 4º de la presente Resolucion, asi como la ejecucion y el cumplimiento de los compromisos establecidos en el mismo, para lo cual se encargara del seguimiento y monitoreo de los estudios financiados mediante la presente Resolucion, debiendo informar al trimestre al Viceministerio de Gestion Institucional y a la Secretaria General del Ministerio de Educacion sobre los avances reportados por los correspondientes Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales, luego de las evaluaciones realizadas por la OINFE. Articulo 8º.- El plazo MORDAZA para la suscripcion de los Convenios referidos en el articulo 4º de la presente Resolucion por parte de los correspondientes Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales, es hasta el 26 de diciembre del presente ano fiscal, luego de dicho plazo, quedara sin efecto la transferencia autorizada a favor del citado Gobierno Local y/o Gobierno Regional. Articulo 9º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano", y MORDAZA de la misma sera remitida a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y a la Oficina de Prensa y Comunicaciones para la publicacion en la pagina web del Ministerio de Educacion. Articulo 10º.- Autorizar al Secretario General para que, en nombre y representacion del Ministerio de Educacion, suscriba los Convenios a que se refiere el articulo 4º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.