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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de diciembre de 2008 386183 únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, el último párrafo del numeral 9.4 antes citado, precisa que cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, según su capacidad operativa, se realice por Administración Directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, conforme al numeral 2.3 del artículo 2 del Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 - Ley Nº 29142”, aprobado por Resolución Directoral Nº 049-2007-EF/76.01, establece que para efecto de las transferencias fi nancieras que se efectúen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por Administración Directa, a que hace mención el último párrafo del numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142, no es de aplicación el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras, dada la naturaleza de proyectos que se ejecutan a través de Administración Directa; dichas transferencias se sujetan a lo dispuesto en el Convenio respectivo suscrito; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 157-2008- VIVIENDA, modifi cada con Resolución Ministerial Nº 800-2008-VIVIENDA, se aprobó la selección de setenta y cinco (75) distritos en los cuales se realizarían intervenciones a través del componente “La Calle de Mi Barrio” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, entre los cuales se encuentra el distrito de Eten, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, así como los porcentajes de los aportes de fi nanciamiento de los proyectos; Que, mediante el Informe Técnico Nº 040-2008- VIVIENDA/ VMVU/PIMBP, de fecha 10 de diciembre de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, emite opinión técnica favorable para aprobar la transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Eten, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, hasta por la suma de S/. 1 164 514,00 (Un Millón Ciento Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Catorce con 00/100 Nuevos Soles), para fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública, con Código SNIP Nº 95852, monto que equivale al 81% del valor de inversión del Proyecto, incluido el costo de Supervisión de la misma, de acuerdo a los porcentajes de aportes establecidos en la Resolución Ministerial Nº 157-2008-VIVIENDA, modifi cado con Resolución Ministerial Nº 800-2008-VIVIENDA; Que, con fecha 18 de diciembre de 2008 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Municipalidad Distrital de Eten, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque (en adelante el Convenio Específi co), con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública con Código de SNIP Nº 95852, detallado en el Anexo 1 del citado Convenio Específi co; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo, a favor de la Municipalidad Distrital de Eten, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, hasta por la suma de S/. 1 164 514,00 (Un Millón Ciento Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Catorce con 00/100 Nuevos Soles, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para cofi nanciar el 81% del valor de la ejecución del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 95852, detallado en el Anexo 1, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo 2, los que forman parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del citado Proyecto, quedando la Municipalidad Distrital de Eten, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2008 de la Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- La ejecución del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 95852, descrito en el Anexo 1, se realizará bajo la modalidad de Administración Directa a cargo de la Municipalidad Distrital de Eten, por lo que el desembolso de los recursos a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución, se efectuará luego que la citada Municipalidad presente al Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, los documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto, y el cumplimiento de las formalidades establecidas en el Convenio Específi co suscrito el 18 de diciembre de 2008. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución, podrá ser materia de modifi cación en función a los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 18 de diciembre de 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Municipalidad Distrital de Eten para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5º.- El Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio señalado en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda,Construcción y Saneamiento ANEXO 1 PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ETEN COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESU- PUESTARIATRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 95852 MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL PEATONAL Y RCREATIVA DE LAS VIVIENDAS DEL SECTOR SUR VICTOR RAUL HAYA DE LA TORRE DEL DISTRITO DE CIUDAD ETEN DISTRITO DE ETEN - CHICLAYO - LAMBAYEQUEDIRECTA 1 164 514.00 MONTO TOTAL DE TRANSFERENCIA S/. 1 164 514.00 Descargado desde www.elperuano.com.pe