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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2008 (16/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de enero de 2008 364138 ENERGIA Y MINAS Declaran que los Gobiernos Regionales de Apurímac, Cusco, La Libertad, Lambayeque, Moquegua, San Martín, Puno y Tumbes han concluido proceso de transferencia de funciones en materia de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 009-2008-MEM/DM Lima, 11 de enero de 2008VISTOS:Los expedientes correspondientes al procedimiento de efectivización de la transferencia de las funciones del Sector Energía y Minas, a los Gobiernos Regionales acreditados de las Regiones de Apurímac, Cusco, La Libertad, Lambayeque, Moquegua, San Martín, Puno y Tumbes y las Actas de Entrega y Recepción debidamente fi rmadas por el Titular del Pliego; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, se estableció como competencia de dicho Ministerio defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política en materia de minería y energía; Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que, la Ley N° 28273 ha regulado el Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y el artículo 9° de su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 080-2004-PCM, ha establecido el ciclo del proceso de acreditación, luego del cual se efectivizarán las transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales acreditados de las funciones sectoriales que les correspondan, incluyendo el personal, acervo documentario, recursos presupuestales y bienes muebles e inmuebles vinculados a éstas; Que, de acuerdo a los Decretos Supremos N°s 021-2006-PCM, 068-2006-PCM y 036-2007-PCM, que aprueban los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales correspondiente a los años 2006 y 2007 respectivamente, estableciendo el universo de competencias sectoriales que, en materia de minería y de energía, debían transferirse a los Gobiernos Regionales, previa acreditación de las mismas; Que, de acuerdo a lo indicado en las normas mencionadas en los considerandos precedentes, la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización N° 003-2007-PCM/SD que aprueba la Directiva N° 001-2007-PCM/SD y Resolución de Secretaria de Descentralización N° 0025-2007-PCM/SD que aprueba la Directiva N° 006-2007-PCM/SD, dispone la efectivización del proceso de transferencia de funciones y competencias de los sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales. Cabe precisar que se están incluyendo las funciones y facultades pendientes de acreditación correspondientes a los planes de transferencia de los años 2004 y 2005; Que, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización N° 020-2007-PCM/SD del 3-09-2007 y Resolución de Secretaria de Descentralización N° 029-2007-PCM/SD del 13-10-2007, se certifi can a diversos Gobiernos Regionales que han cumplido con los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de determinadas funciones sectoriales; Que, las Comisiones de Transferencia Sectorial del Ministerio de Energía y Minas designadas mediante Resolución Ministerial N° 316-2007-MEM/DM, del 2 de julio de 2007, presididas por los Viceministros de Energía y de Minas respectivamente, a quienes se les delegó la facultad de fi rmar las Actas de Entrega y Recepción, ha culminado el proceso de efectivización de la transferencia de funciones señalado en la Directiva de la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, mencionada en el párrafo anterior, suscribiendo las correspondientes Actas de Entrega y Recepción con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de las regiones anteriormente señaladas; Que, en tal sentido, es procedente declarar la competencia para ejercer las funciones acreditadas por los Gobiernos Regionales, cuyo proceso de efectivización de transferencia ha sido culminado con la suscripción de las respectivas Actas de Entrega y Recepción; De conformidad con lo dispuesto en el literal g), 5.1.8, numeral 5) de la Directiva N° 001-2007-PCM/SD aprobada por Resolución de Secretaria de Descentralización N° 003-2007-PCM/SD y el literal 5.2.8, numeral 5) de la Directiva N° 006-2007-PCM/SD aprobada por la Directiva N° 025-2007-PCM/SD; SE RESUELVE:Artículo 1° .- Aprobación de transferencias de funciones sectoriales. Declarar que los Gobiernos Regionales de Apurímac, Cusco, La Libertad, Lambayeque, Moquegua, San Martín, Puno y Tumbes han concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, de acuerdo al Anexo N°1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; siendo a partir de la fecha competentes para el ejercicio de las mismas. Artículo 2°.- Adecuación de los instrumentos de gestión. De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley N° 28273, aprobado por Decreto Supremo N° 080-2004-PCM y Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, los Gobiernos Regionales anteriormente señalados, deberán dictar las disposiciones necesarias a fi n de adecuar sus instrumentos institucionales de gestión en virtud de la transferencia de las funciones sectoriales referidas en el artículo precedente. Asimismo, establecerán en el correspondiente Texto Único de Procedimientos Administrativos, los procedimientos directamente relacionados con las funciones sectoriales que les compete ejercer. Regístrase, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas ANEXO DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 009-2008-MEM/DM ANEXO N° 1 Funciones Acreditadas y Transferidas a los Gobiernos Regionales, de conformidad con la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales* REGIÓNENERGÍA MINERIA FUNCIONES ACREDITADAS, (artículo 59) *FUNCIONES ACREDITADAS, (artículo 59) * 1. APURIMAC a, d, h a, c, f, g, h 2. CUSCO a, d, h a, c, f, g, h 3. LA LIBERTAD a, b, d, g, h a, b, c, f, g, h 4. LAMBAYEQUE a, d, h a, c, f, g, h 5. MOQUEGUA a, d, h a, c, f, g, h 6. SAN MARTÍN a, d, h a, c, f, g, h 7. PUNO a, d, h a, c, f, g, h 8. TUMBES a, d, g, h a, c, f, g, h 151617-1