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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2008 (27/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de enero de 2008 365182 para asegurar la continuidad de las actividades de las Direcciones de Salud de Lima, en el marco del reordenamiento de sus ámbitos jurisdiccionales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 461-2006/ MINSA del 16 de mayo de 2006, se dispuso incorporar en la jurisdicción de la Dirección de Salud V Lima-Ciudad, al Hospital Cayetano Heredia, Hospital Sergio E. Bernales, Dirección de Red de Salud Lima Norte IV y su órgano desconcentrado el Hospital de Puente Piedra, Dirección de Red de Salud Lima Norte V y la Dirección de Red de Salud Lima Norte VI, excepto la Microrred de Salud de Canta, localizadas en el ámbito de Lima Metropolitana, que pertenecían a la jurisdicción de la Dirección de Salud III Lima Norte (hoy Dirección de Salud III Lima); además de un conjunto de medidas para asegurar la continuidad de los servicios; Que, por Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD se aprobó la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del Año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia” que establece los procedimientos para la transferencia de funciones sectoriales en el marco de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 558- 2007/MINSA se recompone la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 037-2007-PCM/SD se certifi ca que el Gobierno Regional de Lima, ha cumplido los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de funciones sectoriales en materia de salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM se ha ampliado el plazo para culminar las transferencias dispuestas por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, hasta el 31 de marzo del 2008; Que, el Artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y modifi catorias establece la Dirección de Salud III Lima, como órgano desconcentrado del Ministerio de Salud; Que, en el marco del proceso de descentralización en materia de salud, es necesario iniciar la transferencia de competencias, personal, recursos presupuestales, bienes y acervo documentario del Ministerio de Salud al Gobierno Regional de Lima, así como organizar y ejecutar las actividades que conlleven a la mencionada transferencia, a través de sub-comisiones de trabajo; Estando a lo informado por el Vice Ministro de Salud en su calidad de Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia, y; Con las visaciones del Vice Ministro de Salud, de la Directora General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Ofi cina General de Administración, del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Responsable de la Ofi cina de Descentralización; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657-Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en proceso de transferencia, la Dirección de Salud III Lima y sus órganos desconcentrados: 1 Dirección de Red de Salud Lima I y los Hospitales de Barranca y Supe “Laura Esther Rodríguez Dulanto”. 2 Dirección de Red de Salud Lima II y Hospital de Huacho. 3 Dirección de Red de Salud Lima III y Hospitales de Huaral y Chancay. 4 Dirección de Red de Salud Chilca Mala.5 Dirección de Red de Salud Cañete Yauyos y Hospital Rezola.6 Dirección de Red de Salud Huarochirí y Hospital San Juan de Matucana; y, 7 Microrred de Salud Canta. El Ministerio de Salud transferirá los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posición contractual, obligaciones, pasivos y activos de la Dirección de Salud III Lima y los órganos desconcentrados señalados en el párrafo precedente, al Gobierno Regional de Lima. Artículo 2º.- El proceso de transferencia declarado se inicia a partir de la publicación de la presente Resolución, con la cual se da por notifi cada a las dependencias de salud comprendidas en dicho proceso; para efectos que se acredite a los miembros de las Subcomisiones constituidas para tal fi n y se instalen dentro de las 48 horas de publicada, debiendo sujetar sus actividades al plazo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM. Artículo 3º.- Fijar como fecha de cierre de actividades de las unidades ejecutoras comprendidas en el proceso de transferencia el 29 de febrero de 2008. Dichas unidades ejecutoras deberán comprometer y devengar gastos hasta el 27 de febrero de 2008, anulando aquellos compromisos que a dicha fecha no se devenguen. Artículo 4º.- La Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Salud reconformada mediante la Resolución Ministerial Nº 558-2007/MINSA es la encargada de efectuar la conducción y supervisión general del proceso de transferencia. El Presidente de la Comisión Sectorial podrá convocar la participación y apoyo de todos los órganos del Ministerio de Salud, para efectuar las acciones que faciliten el proceso de transferencia. Artículo 5º.- Conformar doce Sub-Comisiones de trabajo, responsables de organizar, ejecutar y monitorizar las actividades relacionadas con la transferencia, de la Dirección de Salud III Lima y sus órganos desconcentrados al Gobierno Regional de Lima, según se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 6º.- Cada Sub-Comisión estará presidida por el representante del Ministerio de Salud y conformada por un representante de la Dirección de Salud III Lima y de cada uno de los órganos señalados en el artículo 1º de la presente resolución. Para el mejor cumplimiento de sus funciones, las Sub- Comisiones podrán incorporar la participación de otros miembros. Artículo 7º.- Se encarga las funciones de coordinación del trabajo de las Sub-Comisiones al Responsable de la Ofi cina de Descentralización, del Ministerio de Salud y al Sub Director General de la Dirección de Salud III Lima. Artículo 8º.- Las Sub-Comisiones presentarán sus informes y actas de transferencia en los plazos que apruebe la Comisión Sectorial de Transferencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud ANEXO Conformado por: Representante del Ministerio de SaludRepresentante de la Dirección de Salud III LimaRepresentante por cada órgano desconcentrado 1.Presupuesto y de InversiónDirector General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, o representante.Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento EstratégicoResponsable de la O fi cina o Unidad de Planeamiento Estratégico o Representante según corresponda/ Director de la O fi cina de Desarrollo Institucional o Representante. 2. LogísticaDirector Ejecutivo de la O fi cina de Logística, o representante.Director de la Ofi cina de LogísticaResponsable de la Unidad de Logística o Unidad de Administración o Representante según corresponda. 3.Gestión Económica, Financiera y TributariaDirector Ejecutivo de la O fi cina de Economía, o representante.Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Administración,y el Director de la Ofi cina de EconomíaResponsable de la Unidad de Economía o Unidad de Administración o Representante según corresponda.