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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de enero de 2008 365240 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29196 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA O ECOLÓGICA Artículo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene por fi nalidad promover el desarrollo sostenible y competitivo de la producción orgánica o ecológica en el Perú. Artículo 2º.- Objetivos específi cos Son objetivos específi cos de la presente Ley: a) Fomentar y promover la producción orgánica para contribuir con la superación de la pobreza, la seguridad alimentaria y la conservación de los ecosistemas y de la diversidad biológica. b) Desarrollar e impulsar la producción orgánica como una de las alternativas de desarrollo económico y social del país, coadyuvando a la mejora de la calidad de vida de los productores y consumidores, y a la superación de la pobreza. c) Defi nir las funciones y competencias de las instituciones encargadas de la promoción y fi scalización de la producción orgánica. d) Fortalecer el Sistema Nacional de Fiscalización y Control de la Producción Orgánica para garantizar la condición de los productos orgánicos en el mercado interno y externo. Artículo 3º.- Principios La producción orgánica se fundamenta en los siguientes principios: a) Interactuar armoniosamente con los sistemas y ciclos naturales, respetando la vida en todas sus expresiones.b) Fomentar e intensifi car la dinámica de los ciclos biológicos en el sistema agrícola, manteniendo o incrementando la fertilidad de los suelos, incluido el aprovechamiento sostenible de los microorganismos, de la fl ora y fauna que lo conforman; y de las plantas y los animales que en él se sustentan. c) Promover la producción de alimentos sanos e inocuos, obtenidos en sistemas sostenibles que, además de optimizar su calidad nutritiva, guarden coherencia con los postulados de responsabilidad social. d) Promover y mantener la diversidad genética en el sistema productivo y en su entorno, incluyendo, para ello, la protección de los hábitats de plantas y animales silvestres. e) Emplear, siempre que sea posible, recursos renovables de sistemas agrícolas locales. f) Minimizar todas las formas de contaminación y promover el uso responsable y apropiado del agua, los recursos acuáticos y la vida que sostienen. g) Crear un equilibrio armónico entre la producción agrícola y la crianza animal, proporcionando al animal condiciones de vida que tomen en consideración las funciones de su comportamiento innato. h) Procesar los productos orgánicos utilizando, siempre que sea posible, recursos renovables, y considerar el impacto social y ecológico de los sistemas de producción y procesamiento. i) Promover que todas las personas involucradas en la producción agrícola y su procesamiento orgánico accedan a una mejor calidad de vida, con ingresos que les permitan cubrir sus necesidades básicas en un entorno laboral seguro. j) Progresar hacia un sistema de producción, procesamiento y distribución que sea socialmente justo y ecológicamente responsable. Y los demás lineamientos establecidos en el Reglamento Técnico aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2006-AG. Artículo 4º.- Defi niciones Actividad orgánica.- Toda actividad agropecuaria que se sustenta en sistemas naturales, que busca mantener y recuperar la fertilidad de los suelos, la diversidad biológica y el manejo adecuado del agua. Excluye el uso de agroquímicos sintéticos, cuyos efectos tóxicos afecten la salud humana y causen deterioro del ambiente, y descarta el uso de organismos transgénicos. La actividad orgánica es conocida también como agricultura ecológica o biológica.MINISTERIO PUBLICO Res. N° 016-2008-MP-FN-JFS.- Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Titular de Familia de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque, designada en la Tercera Fiscalía Provincial de Familia de Chiclayo 365274 Res. N° 017-2008-MP-FN-JFS.- Crean despachos fi scales con carácter permanente en diversos Distritos Judiciales del país 365274 RR. N°s. 114 y 115-2008-MP-FN.- Convierten diversas fi scalías de los Distritos Judiciales de Moquegua y Tacna en provinciales, mixtas y otras 365275 UNIVERSIDADES Res. N° R-2534-2007-UNSAAC.- Modifi can el TUPA de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 365276GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA DEL MAR Ordenanza Nº 97.- Modifi can la Ordenanza N° 85 365277 PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de norma que modifi ca la Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial Nº 251-2007-MTC-03 referida a la disponibilidad de la numeración para el servicio público móvil 365278