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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2008 (29/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de enero de 2008 365275 DISTRITO JUDICIAL DE PUNO Fiscalía Superior en lo Penal de Juliaca, Provincia de San Román DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA 3º Fiscalía Provincial en lo Civil del Santa7º Fiscalía Provincial en lo Penal del Santa3º Fiscalía Provincial de Familia del Santa DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN 2º Fiscalía Provincial Mixta de Mariscal Cáceres DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES Fiscalía Provincial Especializada en Delitos Aduaneros y Contrabando DISTRITO JUDICIAL DE UCAYALI Fiscalía Provincial en lo Civil de Coronel Portillo Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores respectivas, a los Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales mencionados, a la Gerencia General, Gerente Central de Recursos Humanos y a la Gerencia de Registro de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 157563-2 Convierten diversas fiscalías de los Distritos Judiciales de Moquegua y Tacna en provinciales, mixtas y otras RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 114-2008-MP-FN Lima, 28 de enero de 2008VISTO:El Acuerdo Nº 239 del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, aprobado en Sesión de fecha 9 de diciembre del 2007, relacionado con la conversión de la actual estructura organizacional fi scal del Distrito Judicial de Moquegua, en Fiscalías Superiores de Liquidación y Apelaciones, y Fiscalías Provinciales Penales Corporativas, las mismas que conocerán los procesos en estado de liquidación y adecuación de los casos iniciados con el Código de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciarán con el Código Procesal Penal, a partir del 01 de abril del presente año. CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobó el Código Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que éste entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según Calendario Ofi cial. Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en los Artículos 16º, 17º y 18º regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especifi cando en dicha norma que la implementación del mencionado código, entrará en vigencia en los Distritos Judiciales de Moquegua y Tacna, el 1 de abril del 2008.Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1527-2006-MP-FN, de fecha 11 de diciembre del 2006, se reconformó el Equipo Técnico del Ministerio Público para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal. Que, mediante Ofi cio Nº 2041-2007-MP-FSD-DJM, de fecha 11 de diciembre del 2007, la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de Moquegua, remitió al Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, su propuesta que contiene el diagnóstico situacional y la sugerencia de los cambios a realizar, iniciativa considerada en los estudios y trabajos defi nitivos para dicha conversión. Que, de conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Convertir la Fiscalía Superior Mixta de Moquegua del Distrito Judicial de Moquegua, en Fiscalía Superior Civil y de Familia de Moquegua, con competencia en todo el Distrito Judicial de Moquegua. Artículo Segundo.- Convertir la Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Ilo del Distrito Judicial de Moquegua, en Fiscalía Superior Penal de Ilo, que conocerá las apelaciones y recursos de queja de los casos en liquidación y adecuación; debiendo continuar participando en los juicios orales en giro de los procesos ordinarios. Artículo Tercero.- Convertir la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Mariscal Nieto del Distrito Judicial de Moquegua, en la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Mariscal Nieto. Artículo Cuarto.- Convertir la Segunda y Tercera Fiscalía Provincial Mixta de Mariscal Nieto del Distrito Judicial de Moquegua, en Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, conformada por despachos de Liquidación y Adecuación, despachos de Decisión Temprana y despachos de Investigación. Artículo Quinto.- Convertir la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Ilo del Distrito Judicial de Moquegua, en la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Ilo. Artículo Sexto.- Convertir la Primera y Tercera Fiscalía Provincial Mixta de Ilo y la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros del Distrito Judicial de Moquegua, en Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ilo, conformada por despachos de Liquidación y Adecuación, despachos de Decisión Temprana y despachos de Investigación. Artículo Sétimo.- La Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro del Distrito Judicial de Moquegua, conocerá adicionalmente los procesos penales que se iniciarán con el Nuevo Código Procesal Penal. Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministra de Justicia, Ministro del Interior, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Comisión Distrital de Implementación del Distrito Judicial de Moquegua, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Moquegua, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos y a la Gerencia de Registro de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 157428-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 115-2008-MP-FN Lima, 28 de enero de 2008VISTO:El Acuerdo Nº 239 del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal,