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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2008 (29/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Lima, martes 29 de enero de 2008 365278 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Lima, CONSIDERANDO: Que, el Plan Técnico Fundamental de Numeración aprobado mediante Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC, establece las bases para una adecuada administración, supervisión y uso de la numeración, considerada un recurso escaso. Asimismo, de fi ne las estructuras de numeración para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones; Que, el Plan Técnico Fundamental de Numeración, modi fi cado por Resolución Suprema Nº 004-2006-MTC, en su Disposición Complementaria Única faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que mediante Resolución Ministerial modi fi que, precise, y/o amplíe las defi niciones, estructuras de numeración, procedimientos de marcación para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, así como a establecer las disposiciones necesarias para su cumplimiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 251-2007-MTC/03 se establecieron las disposiciones para facilitar la implementación posterior de la Segunda Etapa del Plan Técnico Fundamental de Numeración respecto al servicio público móvil, así como los rangos de numeración a ser empleados como medida transitoria para la prestación de este servicio; Que, considerando el importante crecimiento del servicio público móvil a nivel nacional, que registra a diciembre 2007 más de 15 millones de líneas móviles en servicio y la poca capacidad numérica para atender la demanda de los operadores hasta la entrada en vigencia del incremento de dígitos, resulta necesario adoptar medidas transitorias que permitan ampliar la numeración móvil, a fi n de seguir promoviendo la expansión de este servicio; Que, la citada propuesta se enmarca en la política de reducción de la brecha de infraestructura en comunicaciones asumida por la presente Administración; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nº 013-93-TCC y 020-2007-MTC y la Resolución Suprema Nº 004-2006-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modi fi car la disposición complementaria transitoria única de la Resolución Ministerial Nº 251-2007-MTC/03, que establece las disposiciones para facilitar la implementación posterior de la Segunda Etapa del Plan Técnico Fundamental de Numeración referente al servicio público móvil; de acuerdo al siguiente texto: “Única.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución y hasta la culminación del plazo a que se re fi ere el artículo 3 de la presente norma, se dispone lo siguiente: a) Emplear como medida transitoria los siguientes rangos para la asignación de la numeración del servicio público móvil. Para el departamento de Lima y Callao: 88XX-XXXX 89XX-XXXX80XX-XXXX Para el resto del país (por cada departamento): 88XX-XXX 89XX-XXX80XX-XXX (...)”. Regístrese, comuníquese y publíquese.Exposición de motivos I. AntecedentesEl Plan Técnico Fundamental de Numeración aprobado mediante Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC, establece las bases para una adecuada administración, supervisión y uso de la numeración, considerada un recurso escaso. Asimismo, de fi ne las estructuras de numeración para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones. El Plan Técnico Fundamental de Numeración, modi fi cado por Resolución Suprema Nº 004-2006-MTC, en su Disposición Complementaria Única faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a modi fi car, precisar y/o ampliar las de fi niciones, estructuras de numeración, procedimientos de marcación para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, así como a establecer las disposiciones necesarias para su cumplimiento. Mediante Resolución Ministerial Nº 251-2007-MTC/03 se establecieron las disposiciones para facilitar la implementación posterior de la Segunda Etapa del Plan Técnico Fundamental de Numeración referente al servicio público móvil, así como los rangos de numeración a ser empleados como medida transitoria para la prestación del referido servicio. Dado el importante crecimiento del servicio público móvil a nivel nacional, que registra a diciembre del 2007 más de 15 millones de líneas en servicio y la poca capacidad numérica para atender la demanda de los operadores hasta el 05 de abril de 2008, fecha prevista para la entrada en vigencia del incremento de dígitos; resulta necesario adoptar medidas transitorias que permitan ampliar la numeración móvil. Ello, en el marco de la política de reducción de la brecha en infraestructura de los servicios de comunicaciones a nivel nacional. II. Propuesta La norma amplía el rango de numeración que puede ser utilizado por el servicio público móvil hasta el 4 de abril de 2008; considerando que el incremento de dígitos en la numeración de este servicio rige a partir del 5 de abril de 2008, según lo dispuesto por la R.M. Nº 251-2007-MTC/03. Así, con la dación de esta medida, se podrán utilizar para el servicio público móvil, adicionalmente a los rangos de numeración establecidos en la citada Resolución, los siguientes: • Para el departamento de Lima y Callao: 80XX - XXXX • Para el resto del país (por cada departamento): 80XX - XXX III Bene fi cios La norma otorga los siguientes bene fi cios: • Promueve la expansión de los servicios públicos móviles de telecomunicaciones • Permite disponer de su fi ciente capacidad de numeración hasta la vigencia del incremento de dígitos en la numeración del servicio público móvil • Promueve el uso e fi ciente de la numeración. 157582-1PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de norma que modifi ca la Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial Nº 251-2007-MTC-03 referida a la disponibilidad de la numeración para el servicio público móvil El Ministerio de Transportes y Comunicaciones pone a consideración del público interesado, el proyecto de norma que modi fi ca la Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial Nº 251-2007-MTC-03 referida a la disponibilidad de numeraci ón para el servicio público móvil, a fi n que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Jr. Zorritos Nº 1203 Lima - Cercado, vía fax al 315-7784 o vía correo electrónico a hgusukuma@mtc.gob.pe, dentro del plazo de diez (10) días calendario. Formato para la presentación de comentarios al proyecto de norma: Artículo Único Comentarios