Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (10/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de febrero de 2008 366374 de fecha 14 de diciembre de 2001 y en el Contrato de Servidumbre de fecha 26 de setiembre de 2007, cuyas copias obran en el Expediente; Que, el artículo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tales servidumbres convencionales las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, del contenido de la solicitud se desprende que se refi ere a una solicitud de reconocimiento de servidumbre para la Subestación Oroya Nueva, razón por la cual, se ha procedido a encausar de ofi cio su solicitud de modifi cación de servidumbre a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, conforme con el numeral 1.3 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y el numeral 3 del artículo 75° de la misma Ley; Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, la concesionaria ha compensado a los propietarios privados de los predios afectados por la servidumbre a que se refi ere la presente Resolución; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 001-2008-DGE-DCE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º. - RECONOCER, a favor de la concesión defi nitiva de transmisión de la que es titular Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A., la servidumbre convencional de electroducto sobre bienes de propiedad privada, para la instalación de la Subestación Oroya Nueva, ubicada en el distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín, constituida mediante Testimonio de Escritura Pública de fecha 14 de diciembre de 2001 y Contrato de Servidumbre de fecha 26 de setiembre de 2007, en los términos y condiciones estipulados en los mismos, de acuerdo a la documentación técnica y el plano proporcionado por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expe- dienteDescripción de la servidumbreArea de ServidumbreTipo de Propie- dadTipo de terreno 21122002Área de servidumbre para la Subestación Oroya NuevaÁrea: 2 735,299 m2 ÁREA INICIAL: Coordenadas UTM (PSAD 56): Área: 2 658,62 m2Privada Urbana Vértice Norte Este A 8 725 365.453 400 083,940 B 8 725 440.399 400 040,551 C 8 725 425.020 400 013,981 D 8 725 350.073 400 057,370ÁREA ADICIONAL: Área: 76,679 m 2 Área “M”: Área: 6,003 m2Privada Urbana Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este 4 8 725 345.211 400 072,665 5 8 725 343.091 400 073,892 6 8 725 344.318 400 076,012 6’ 8 725 346.438 400 074,785Área “N”: Área: 0,554 m 2Privada Urbana Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este 7 8 725 356.133 400 091,656 8 8 725 356.552 400 092,381 10 8 725 355.981 400 092,717Expe- dienteDescripción de la servidumbreArea de ServidumbreTipo de Propie- dadTipo de terreno 9 8 725 355.555 400 091,985 Área “O”: Área: 1,004 m 2Privada Urbana Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este 11 8 725 354.276 400 091,559 12 8 725 355.089 400 092,964 14 8 725 354.548 400 093,274 13 8 725 353.741 400 091,876Área “P”: Área: 3,48 m 2Privada Urbana Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este 15 8 725 350.627 400 089,411 16 8 725 352.793 400 093,126 18 8 725 352.093 400 093,534 17 8 725 349.927 400 089,819Área “Q”: Área: 21,67 m 2Privada Urbana Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este 19 8 725 366.555 400 085,844 20 8 725 365.453 400 083,940 22 8 725 373.977 400 079,005 21 8 725 375.079 400 080,909Área “R”: Área: 35,20 m 2Privada Urbana Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este 23 8 725 432.483 400 048,832 24 8 725 430.879 400 046,062 25 8 725 440.399 400 040,551 26 8 725 442.002 400 043,321Área “S1”: Área: 2,97 m 2Privada Urbana Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este 27 8 725 349.546 400 072,372 28 8 725 348.645 400 070,814 29 8 725 347.217 400 071,640 30 8 725 348.118 400 073,198Área “S2”: Área: 1,815 m 2Privada Urbana Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este 31 8 725 350.364 400 073,783 32 8 725 349.813 400 072,831 33 8 725 348.385 400 073,658 34 8 725 348.936 400 074,610Área “T”: Área: 1,28 m 2Privada Urbana Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este 35 8 725 350.509 400 089,190 36 8 725 349.707 400 087,806 37 8 725 349.016 400 088,209 38 8 725 349.818 400 089,593Área “ASC”: Área: 2,703 m 2Privada Urbana Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este 1 8 725 350.852 400 072,230 1 8 725 350.586 400 071,770 3 8 725 346.172 400 074,325 6’ 8 725 346.438 400 074,785 Artículo 2°.- Son de aplicación a las servidumbres reconocidas en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3°.- Carece de objeto pronunciarse sobre la oposición formulada por Electroandes S.A., debido al contrato de servidumbre suscrito con la solicitante. Artículo 4°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 159847-1