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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (10/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de febrero de 2008 366379 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Modifican Directiva “Elaboración y remisión del Informe de Evaluación del cumplimiento de las Medidas de Austeridad” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 047-2008-CG Lima, 8 de febrero de 2008Visto, la Hoja de Recomendación Nº 01-2008-CG/ SE de la Gerencia de Sector Económico, que propone la modifi cación del numeral 2 de las Disposiciones Generales y el numeral 6 de las Disposiciones Específi cas de la Directiva Nº 08-2007-CG/SE aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 404-2007-CG; CONSIDERANDO:Que, la Directiva Nº 08-2007-CG/SE, “Elaboración y remisión del Informe de Evaluación del cumplimiento de las Medidas de Austeridad” aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 404-2007-CG establece en el primer párrafo del numeral 2 de las Disposiciones Generales y en el tercer y cuarto párrafo del numeral 6 de las Disposiciones Específi cas, los plazos perentorios para registrar en el Módulo de Medidas de Austeridad los Informes de Evaluación del Cumplimiento de las Medidas de Austeridad por parte de los Órganos de Control Institucional de los Pliegos y de las Unidades Ejecutoras; Que, conforme se señala en el documento del visto, los días 24, 25, 28 y 29 de enero de 2008, los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las Entidades y Empresas del Estado, sujetos a la presentación de los mencionados informes, se vieron imposibilitados de acceder al aplicativo de Medidas de Austeridad por problemas de fl uido eléctrico en la Sede Central de la Contraloría General de la República; situación que fue corroborada por la Gerencia de Tecnologías y Sistemas de Información; Que, en consecuencia, considerando el carácter fortuito de la situación, se propone la modifi cación de los numerales descritos en el primer considerando de la presente Resolución a fi n de asegurar el cumplimiento de la obligación de registrar en el Módulo de Medidas de Austeridad de los Informes de Evaluación del Cumplimiento de las Medidas de Austeridad por parte de los Órganos de Control Institucional de los Pliegos y de las Unidades Ejecutoras; En uso de las facultades previstas en los artículos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modifi car el primer párrafo del numeral 2 de las Disposiciones Generales y, el tercer y cuarto párrafo del numeral 6 de las Disposiciones Específi cas de la Directiva Nº 08-2007-CG/SE, “Elaboración y remisión del Informe de Evaluación del cumplimiento de las Medidas de Austeridad” aprobada por Resolución de Contraloría Nº 404-2007-CG, conforme al siguiente detalle: Disposiciones Generales: “2. La presentación física del Informe de Evaluación del Cumplimiento de las Medidas de Austeridad, se realizará en la Sede Central y en las Ofi cinas Regionales de Control, según corresponda, siendo el plazo máximo de presentación del Informe de Evaluación del período enero-diciembre 2007 el 03. Mar.2008 1.1El Módulo de Austeridad se habilitará desde las 00:00 horas del día miércoles 02. Ene 2008 hasta las 13:00 horas del día jueves 29. Feb.2008 ” Disposiciones Específi cas para las Entidades comprendidas en los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3º de la Ley Nº 28927 “6. (...) Para tal efecto, el Órgano de Control Institucional de la Unidad Ejecutora deberá registrar su información en el aplicativo informático denominado “Módulo de Medidas de Austeridad”, a más tardar, el día15. Feb.2008 . Los Órganos de Control Institucional de las Unidades Ejecutoras deberán remitir al órgano de Control Institucional del Pliego al cual pertenecen, bajo responsabilidad, sus respectivos Informes y formatos debidamente impresos, a más tardar, el día 18. Feb.2008 (...)” Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías y Sistemas de Información, dentro de su ámbito de competencia funcional, tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo establecido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 162687-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a la Oficina del Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Quilcas la apertura del Libro de Actas de Matrimonio y Defunción RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 048-2008-JNAC/RENIEC Lima, 8 de febrero de 2008.VISTO: el Informe Nº 000004-2008/SGGORC/GRC/ RENIEC de la Subgerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles y el Informe Nº 000022-2008-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por la Primera Disposición Final de la Ley Nº 26497, las Ofi cinas de Registro de Estado Civil a que se refi ere la Ley Nº 26242, deberán continuar con el proceso de reinscripción; en cuya virtud, la Ofi cina del Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Quilcas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, ha solicitado autorización para reinscripción de diversos asientos registrales; Que, a través de los Informes del Visto, se ha evaluado positivamente la solicitud acotada, la cual cumple las condiciones que hacen viable autorizar el proceso de reinscripción, al haber confi rmado la inexistencia de los asientos registrales referidos, según la evaluación técnica y normativa de la Gerencia de Registros Civiles, por lo que corresponde a la Entidad aprobar lo solicitado, dada su condición de organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil,