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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (10/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de febrero de 2008 366394 15,372.00 nuevos soles. Así mismo con informe Nº 0002- 2008-UPP.MDS, del 10 de enero del 2008, la Unidad del Presupuesto, otorga la disponibilidad presupuestal para la adquisición de los productos alimenticios por el monto de S/. 15,372.00 nuevos soles, adjuntando la estructura funcional programática correspondiente; Que mediante Memorando Nº 002-2008-MDS-GM de fecha 10 de enero del 2008 remitido por el Gerente Municipal al asesor legal de la Municipalidad, donde solicita disponer su evaluación legal del Informe Técnico mencionado en el párrafo precedente, en virtud a ello que el asesor legal mediante Informe Nº….. de fecha 10 de enero del 2008, opinan que encontrándose probado el desabastecimiento inminente se declare procedente la Exoneración del Proceso de Selección de Adquisiciones para los productos alimenticios del PVL por un espacio de dos meses, mientras se desarrolla el proceso de selección. Que con nota de elevación Nº 001-2008-MDS-GM, de fecha 10 de enero del 2008, el Gerente Municipal remite el Informe Técnico legal sobre la Exoneración de Proceso de Selección para la Adquisición de Productos alimenticios para el Programa de Vaso de Leche, el cual debe ser sometido a consideración del Concejo Municipal para su aprobación, en cumplimiento a los dispuesto en el Artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que habiéndose sustentado y fundamentado el desabastecimiento inminente de los productos alimenticios para el PVL, en sesión Extraordinario del 14 de enero del 2008, mediante punto de agenda en la cual el pleno del Concejo Aprobó por mayoría y siendo el Alcalde quien preside el Concejo Municipal y siendo éste su máxima Autoridad Administrativa y representante Legal. Que, como señala el Artículo 20º inciso 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, son atribuciones del Alcalde; dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes y ordenanzas. Estando establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y atribuciones conferidas en la misma: SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de los productos alimenticios para el programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Sauce. Artículo Segundo.- EXONERAR el proceso de Selección por desabastecimiento inminente, para la adquisición de los productos alimenticios, la que permitirá atender por el espacio de 2 meses a los benefi ciarios del Programa de vaso de Leche de la municipalidad Distrital de Sauce, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso “c” del Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás Normas emitidas para estos efectos. Artículo Tercero.- INICIAR las acciones Administrativas conducentes a establecer las responsabilidades administrativas, en los funcionarios que por negligencia hayan omitido la realización del Proceso de Selección correspondiente. Artículo Cuarto.- PRECISAR que el valor referencial de la adquisición incluyendo el IGV se han calculado en la suma ascendente de S/. 15,372.00 nuevos soles, para la adquisición de los productos alimenticios, el mismo que será fi nanciado con cargo a los recursos asignados en el presupuesto del presente año de la Municipalidad Distrital de Sauce, el área del programa del Vaso de Leche con la fuente de fi nanciamiento 00 Recursos Ordinarios, específi ca 5.3.11.24 alimentos de personas. Artículo Quinto.- AUTORIZAR a la unidad de Logística como la DEACE, la adquisición de los productos alimenticios para el Programa de Vaso de Leche en forma directa e inmediata tal como lo señala el Artículo 148º del TUO del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Sexto.- ENCARGAR la publicación de la presente Resolución a Secretaría General, en el Diario Ofi cial El Peruano, en cumplimiento del inciso “c” Artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del término de ley y remítase copia a la Contraloría General de la República y Consucode en el plazo de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese, y archívese.SEBASTIAN CALDERON BACON Alcalde Distrital 162673-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L