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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (23/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de febrero de 2008 367114 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO Acuerdo Nº 011-2008-MDPN-F.- Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de consultoría para la obtención de expediente técnico defi nitivo del proyecto de inversión pública “Mejoramiento e instalación del Plan Maestro Agua Potable distrito de Pueblo Nuevo- Ferreñafe - Lambayeque” 367202 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA DE QUIVES Exoneran de proceso de selección la contratación de maquinaria pesada para limpieza y encauzamiento del Río Chillón 367203 PROYECTOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. Nº 157-2008-OS/CD.- Proyecto de resolución que modifi ca el “Procedimiento para la Asignación de los Retiros de Potencia y Energía sin Contratos para el Mercado Regulado” 367204 SEPARATA ESPECIAL PRODUCE R.M. N° 368 y 369-2008-PRODUCE.- Suspensión de la actividad extractiva del recurso Merluza y modelos de Convenios de Garantía de Fiel y Cabal Cumplimiento de la Cormativa del régimen especial de pesca del recurso anchoveta 371004 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Exceptúan de la prohibición del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 012-2007-PCM y modificatoria, a la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008 y a diversas entidades públicas DECRETO SUPREMO Nº 013-2008-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2007-PCM modifi cado por Decreto Supremo Nº 020-2007-PCM, se prohibió la adquisición de cualquier tipo de bebidas de contenido alcohólico por parte de las entidades del Estado, con cargo a recursos públicos, exceptuándose de la prohibición al Ministerio de Relaciones Exteriores, a las misiones del Servicio Exterior de la República, a la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ y al Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR; Que, mediante Resolución Suprema Nº 171-2006- RE se declaró de interés nacional el ejercicio por el Perú de la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífi co (APEC) durante el año 2008, incluyendo la realización de la XVI Cumbre de Líderes de dicho Foro, sus reuniones ministeriales, conferencias especializadas y otros eventos que se programen en ese marco, así como todas las actividades preparatorias y conexas que se lleven a cabo a partir del año 2006; Que, asimismo por Resolución Suprema Nº 013- 2007-PCM se constituyó la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008, la cual, en virtud de la Resolución Suprema Nº 098-2007-RE tiene a su cargo la preparación de la organización de la Presidencia del Perú en el APEC 2008; Que, con ocasión del APEC del año 2008 en el Perú, se realizarán diversas reuniones y conferencias especializadas, las mismas que serán organizadas por la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008, las instituciones que conforman la Comisión Ejecutiva Nacional y los gobiernos regionales y locales de las sedes descentralizadas de las reuniones APEC PERU 2008; Que, en el marco de tales reuniones y conferencias especializadas se organizarán diversas actividades festivas, sociales, turísticas y culturales con la fi nalidad de agasajar a los miembros de las delegaciones de las economías que forman parte del Foro de APEC, lo que a su vez será una oportunidad para mostrar al mundo nuestras expresiones culturales y gastronómicas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA:Artículo 1º.- Excepción Exceptúese de lo dispuesto en el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 012-2007-PCM modifi cado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-PCM a la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008 y las entidades públicas de los tres niveles de gobierno que tengan a su cargo la organización o realización de reuniones y actividades en las que participen miembros de las delegaciones extranjeras o invitados internacionales, a llevarse a cabo en el marco de APEC 2008, a realizarse en el Perú, únicamente para la adquisición de bebidas alcohólicas que sean necesarias para las referidas actividades y reuniones. Artículo 2º.- Del Financiamiento Las adquisiciones a que se refi ere el artículo precedente se fi nanciarán con cargo a los presupuestos de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008 y de las mencionadas entidades públicas, respectivamente, y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3º.- Plazo de vigencia El presente Decreto Supremo regirá hasta el 30 de noviembre de 2008. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de febrero del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesEncargada del despacho delMinisterio de Relaciones Exteriores LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 168221-1