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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de junio de 2008 374158 Que, con Decreto Supremo Nº 032-2008-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de abril del 2008, se prorroga por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 29 de abril del 2008, el Estado de Emergencia en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali, para que se ejecuten las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas. Que, conforme a los documentos de visto, se obtiene que la Calle San Dimas del AA.HH. Jacobo Cruz Villegas y la Vía de Acceso del AA.HH. San Juan Bautista, como consecuencia de las intensas lluvias ha originado que éstas se encuentren en pésimo estado, ante el estancamiento del agua que no discurre por la falta de drenaje y desnivel, lo que ocasiona lagunas de aguas servidas que son focos de proliferación de enfermedades que pone en riesgo inminente, la salud de los pobladores de estas zonas. Que, de la valoración de los Informes Legales Nºs 142 y 143-2008-SGAJ-MDC, se tiene su opinión concluyente sobre causal de situación de emergencia la que está claramente establecida, puesto que con fecha 28 de febrero del 2008 fue emitido el Decreto Supremo Nº 016-2008-PCM, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia por Desastre Natural, entre éstos al departamento de Piura por el plazo de sesenta (60) días, calendario, para la ejecución de de acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas el cual fue prorrogado mediante Decreto Supremo Nº 032-2008- PCM, publicado con fecha 25 de abril del 2008, situación que conforme a las normas acotadas, permite la exoneración de procesos de selección vinculados a la referida causal; Que, en ese entender, y conforme a lo manifestado anteriormente, existe opinión técnica y legal para declarar la exoneración por situación de emergencia para la adquisición y contratación de servicios para la ejecución de las siguientes obras y en los montos estipulados; PAVIMENTACIÓN CON BLOQUETAS y CONSTRUCCION DE VEREDAS EN AA.HH. SAN JUAN BAUTISTA-CATACAOS, valor Referencial: 159,022.61 PAVIMENTACIÓN CON BLOQUETAS CALLE AA.HH JACOBO CRUZ VILLEGAS-CATACAOS, valor Referencial: 315,562.00 Que, es del caso mencionar que el resto de la actividad necesaria para completar el objetivo propuesto por la entidad, ya no tendrá el carácter de emergencia y se adquirirá o contratará de acuerdo a lo establecido en la presente Ley. En mérito a los fundamentos expuestos y de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, Aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM, modifi cado por el D.S. Nº 137-2007-EF, y a las atribuciones conferidas al Concejo Municipal en el Artículo Noveno, por mayoría califi cada, SE ACORDÓ:Artículo Primero.- Declarar de conformidad al Decreto Supremo Nº 016-2008-PCM, Prorrogado por el Decreto Nº 032-2008-PCM, y los Arts. 19º y 22º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, modifi cado mediante el Decreto Supremo Nº 137-2007-EF, la Exoneración del proceso de selección por situación de emergencia para la adquisición de bienes y contratación de servicios para la ejecución de las obras que se detallan y en los montos referenciales establecidos; PAVIMENTACIÓN CON BLOQUETAS y CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS EN AA.HH. SAN JUAN BAUTISTA-CATACAOS, valor Referencial: 159,022.61 PAVIMENTACION CON BLOQUETAS CALLE AA.HH JACOBO CRUZ VILLEGAS-CATACAOS, valor Referencial: 315,562.00 Artículo Segundo.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Secretaria General, la presentación de los informes técnicos y legales sustentativos a la Contraloría General de la República, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) de acuerdo a lo establecido en el Art. 147º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ M. MORE LÓPEZ Alcalde 213666-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON ANEXOS Y DOCUMENTOS EXTENSOS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos documentos extensos en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Todo documento extenso que contuvieran tablas o cuadros, deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 2.- Los dispositivos extensos deben ser entregados al Diario Ofi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- Los documentos extensos además, deben ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALDescargado desde www.elperuano.com.pe