Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (17/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de junio de 2008 374142 Unidos, colabora personal militar de los Estados Unidos de América, que es rotado periódicamente; Que, este año se conmemora el 25º Aniversario del citado Centro de Investigación; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 20 al 30 de junio de 2008, para participar en la celebración del 25º Aniversario del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 513-2008-DE/SG 29 MAYO 20081. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América para participar en la celebración del 25º Aniversario del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales. 2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: a) CAPITÁN DE NAVÍO MIGUEL CUBANO b) TENIENTE CORONEL ERIC MILSTREY 3.- TIEMPO DE PERMANENCIADel 20 al 30 de junio de 2008. 4.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTENO INDICAN213899-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 581-2008-DE/SG Lima, 13 de junio de 2008CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímiles (DGS) Nº F-507 y F-508 de fecha 22 de mayo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Ecuador, sin armas de guerra; Que, en el marco de los Acuerdos de Estados Mayores entre los Ejércitos de Perú y Ecuador, se acordó efectuar la visita a la Escuela de Operaciones Psicológicas del Ejército del Perú, dicha actividad ha sido considerada en el Plan de Intercambio de Ofi ciales entre ambos Países; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de dos (02) ofi ciales del Ejército de Ecuador, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 17 de junio al 31 de diciembre de 2008, para participar en los cursos de la Escuela de Operaciones Psicológicas del Ejército del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 581 –2008-DE/SG 13 JUN. 20081. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de dos (02) ofi ciales del Ejército de Ecuador para participar en los cursos de la Escuela de Operaciones Psicológicas del Ejército del Perú. 2.- IDENTIFICACION Y TIEMPO DE PERMANENCIA DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE ECUADOR, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: Del 17 de junio al 31 de Diciembre de 2008 a) TTE CORONEL JORGE ENRIQUE NARANJO PROAÑO b) CAPITAN PATRICIO RASHID JIMENEZ BARRIONUEVO 3.- RELACION DE EQUIPO TRANSEUNTENO INDICAN 213899-2Descargado desde www.elperuano.com.pe