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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (17/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de junio de 2008 374156 éstas congelarse durante el período que dure el Convenio de Fraccionamiento, así como no deberán estar afectas a ningún tipo de interés de fraccionamiento; igual tratamiento deberá darse a las cuotas de los convenios suscritos a partir de la publicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR al señor Alcalde, para que de considerarse necesario mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias para la correcta aplicación de esta Ordenanza. Artículo Quinto.- La Gerencia de Administración y Finanzas; la Gerencia de Administración Tributaria y la Unidad de Comunicación Municipal, en lo que corresponda, serán responsables del cumplimiento de esta Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPENSAR de la lectura y aprobación del acta para que la presente Ordenanza, sea publica de inmediato. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 213670-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Rectifican el Acuerdo de Concejo Nº 021- 2008-MPC, sobre exoneración de proceso de selección para la adquisición de camión compactador ACUERDO DE CONCEJO Nº 051-2008-MPC Cañete, 12 de junio del 2008Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el pedido de la Regidora Sonia Marlene Ramos Ruíz, sobre la modifi cación en cuanto a la capacidad del Camión compactador a adquirir, aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 021-2008-MPC. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 28607, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, procediendo de acuerdo a la Ley de Leyes con la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 19 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado determina los supuestos de hecho en los que las adquisiciones y contrataciones que se realicen están exoneradas de procesos de selección; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 021-2008-MPC se exonera del proceso de selección que corresponda, debido a la causal de situación de emergencia; la adquisición de un camión compactador, de 19 m3 y la adquisición de seis ( 06 ) ambulancias tipo urbano, por un valor referencial de S/. 890,000.00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento FONCOMUN – CANON MINERO – FOCAM; Que, la Regidora Sonia Marlene Ramos Ruíz, basa su pedido, por cuanto existe un error material al considerar en la compra del camión compactador con una capacidad de 19 m3, cuando debió consignarse la compra de un camión compactador con capacidad de 15 m3. Que, el Artículo 201º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aplicable por analogía al presente caso, señala que los errores materiales o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Asimismo, agrega que la rectifi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original Estando a los fundamentos expuestos y a las atribuciones conferidas al Concejo Municipal en el Artículo 9° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, a lo aprobado por unanimidad y; con la dispensa del trámite de aprobación del acta; SE ACORDÓ:Artículo 1º.- Rectifi car en parte del artículo 1º del Acuerdo de Concejo Nº 021-2008-MPC de fecha 18 de marzo de 2008, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: “EXONERAR del proceso de selección que corresponda, debido a la causal de situación de emergencia; la adquisición de un camión compactador, de 15 m3 y la adquisición de seis ( 06 ) ambulancias tipo urbano, por un valor referencial de S/. 890,000.00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento FONCOMUN – CANON MINERO – FOCAM”; quedando subsistente los demás artículos del Acuerdo en mención. Artículo 2°.- Encárguese a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y accione lo conveniente para el cumplimiento del presente. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese.JAVIER J. ALVARADO GONZALES DEL VALLE Alcalde 213613-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CATACAOS Declaran en situación de emergencia la construcción de la Vía de la Av. Juan Velasco Alvarado - A.H. Nuevo Catacaos ACUERDO DE CONCEJO Nº 059-2008-MDC Catacaos, 28 de mayo del 2008. VISTO:El Informe Legal Nº 147-2008-SGAJ-MDC, de fecha 23 de mayo del 2008 y el Informe Técnico Nº 010-2008-SGST-MDC, de fecha 22 de mayo del 2008, suscrito por el Subgerente de Asesoría Jurídica y Subgerente de Servicios Técnicos, respectivamente, mediante el cual emiten; informe referente a la procedencia de Exoneración de Proceso de Selección, vía Declaratoria de Emergencia para la Ejecución de la Obra “Construcción de Vía de la Av. Juan Velasco Alvarado A.H. Nuevo Catacaos, Distrito de Catacaos, Provincia de Piura departamento de Piura”. CONSIDERANDO: Que, en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Distritales son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en la Sesión Ordinaria Nº 011-2008-MDC, de fecha 28 de mayo del año 2008 el Concejo Municipal analizó el Informe Legal Nº 147-2008-SGAJ-MDC, presentado Descargado desde www.elperuano.com.pe