Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2008 (18/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
DISPOSICION MODIFICATORIA

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de junio de 2008

UNICA.- Modificacion del literal d) del parrafo 4.1 del articulo 4º de la Ley Nº 28939 Modificase el literal d) del parrafo 4.1 del articulo 4º de la Ley Nº 28939, Ley que aprueba Credito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, dispone la creacion de fondos y dicta otras medidas, el cual queda redactado con el siguiente texto: "Articulo 4º.- (...) 4.1 Creanse los siguientes Fondos como actividades en el Ministerio de Economia y Finanzas: (...) d) Fondo para el Fortalecimiento del Capital Humano, cuya finalidad es el fortalecimiento del capital humano de las entidades publicas, especialmente en la promocion de un programa de financiamiento de becas para que realicen estudios de postgrado tendentes a la obtencion de un grado academico en universidades nacionales y del extranjero, previamente acreditadas." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los once dias del mes de junio de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MOYANO MORDAZA MORDAZA Vicepresidenta del Republica Congreso de la

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region del sur, a fin de evitar perjuicios economicos y sociales que podrian suscitarse de no contar con una adecuada intervencion estatal en el muy corto plazo; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA:

Articulo 1º.- Aplicacion de la Ley Nº 29077 Apliquese lo dispuesto en el numeral a) del articulo 1º de la Ley Nº 29077, sin tener que cumplir las condiciones establecidas en el primer parrafo del articulo MORDAZA mencionado, al despacho de mercancias importadas a traves de la Intendencia de Aduana de Tacna, para la region sur del MORDAZA, por un plazo de siete (7) dias contados a partir de la vigencia de la presente MORDAZA, y mediante la MORDAZA de una declaracion simplificada. Lo dispuesto en el parrafo anterior se aplica a las mercancias que ingresan bajo las subpartidas nacionales pertenecientes a los Capitulos 2 al 23 y el 27 del Arancel de Aduanas aprobado por el Decreto Supremo Nº 0172007-EF, excepto los liquidos alcoholicos. Las mercancias senaladas en el parrafo precedente, no podran ser trasladadas fuera de la region sur del MORDAZA a que hace referencia la parte considerativa de la presente MORDAZA, de lo contrario la Superintendencia Nacional de la Administracion Tributaria ­SUNAT- aplicara la sancion de comiso y promovera las acciones legales que correspondan.

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de junio del ano dos mil ocho MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 214738-1

Articulo 2º.- Regularizacion Los beneficiarios y/o declarantes seran los responsables de presentar ante la Superintendencia Nacional de la Administracion Tributaria ­SUNAT-, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles contados a partir del termino del plazo otorgado en el articulo 1º de la presente MORDAZA, las autorizaciones y/o permisos respectivos. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 214739-1

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 022-2008 DICTAN MEDIDAS QUE PERMITEN EL ABASTECIMIENTO TEMPORAL DE BIENES DE PRIMERA NECESIDAD EN EL SUR DEL MORDAZA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, habiendose producido hechos de violencia en el sur del MORDAZA, el Gobierno debe asegurar y facilitar el continuo abastecimiento de bienes de primera necesidad en dicha region, por lo que se requiere establecer medidas temporales que faciliten el ingreso de dichos bienes del exterior; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 29077 establece disposiciones que facilitan el despacho de mercancias bajo ciertas circunstancias; Que, es necesario dictar medidas que faciliten la importacion de bienes basicos para la poblacion de la

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de funcionario de OSINERGMIN para participar en el evento "2008 Power & Energy Society General Meeting" que se realizara en EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 142-2008-PCM MORDAZA, 17 de junio de 2008 Visto, el Oficio Num. 035-2008-OS/PRES del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN y la Resolucion del Consejo Directivo del OSINERGMIN Num. 450-2008-OS/CD;

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