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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2008 (03/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de marzo de 2008 367908 Regional el Documento denominado “Plan Básico de Capacidades Institucionales y de Gestión de Competencias y Funciones” de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Madre de Dios, el mismo que cuenta con OPINIÓN FAVORABLE de dicha Gerencia. Que, mediante Ofi cio Nº 520-2007-GOREMAD/GGR, de fecha 22 de noviembre del 2007, el Gerente General Regional se dirige a la Presidencia del Consejo Regional y remite la solicitud de aprobación del Documento “Plan Básico de Capacidades Institucionales y de Gestión de Competencias y Funciones” de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Madre de Dios. Que, mediante Dictamen Nº 001-2008-CR/CTCVC-MDD, la Comisión Ordinaria de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, opina favorablemente y en forma unánime, para la procedencia de la aprobación correspondiente. Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales en concordancia con el Art. 15º Inc. “a” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que señala; aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones; así mismo, es facultad del Consejo Regional, entre otros, aprobar los documentos de gestión del Gobierno Regional de Madre de Dios, en armonía con el artículo 38 de la misma Ley. Que, el Consejo Regional en pleno, en sesión extraordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio unánime de los Consejeros Regionales ha considerado necesario aprobar el Dictamen referido precedentemente y por ende el documento de gestión denominado “Plan Básico de Capacidades Institucionales y de Gestión de Competencias y Funciones” de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Madre de Dios. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR el Dictamen Nº 001-2008- CR/CTCVC-MDD de la Comisión Ordinaria de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del Gobierno Regional de Madre de Dios. Consecuentemente, APROBAR el documento de gestión denominado “Plan Básico de Capacidades Institucionales y de Gestión de Competencias y Funciones”, de la Dirección Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto legal alguno, toda disposición regional en cuanto se contraponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios para su promulgación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Madre de Dios a los treinta días del mes de enero del año dos mil ocho. SANTOS KAWAY KOMORI Presidente Regional 170921-1 Eligen Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 01-2008-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria celebrada el 04 de enero del 2008, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional.CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º; modifi cado por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Estado, sobre Descentralización, concordante con la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, “los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8º, establece que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia. Que, el inciso a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902, señala como atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, mediante Ley Nº 28968, Ley que modifi ca el inciso l) del artículo 21 y la Undécima Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, se establece que Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que Convoca y Preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos, el cual es elegido por mayoría simple. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 28968, se hace necesario elegir al Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, el Consejo Regional de Madre de Dios en uso de sus atribuciones, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 28968, concordante con la Ley Nº 29053, así como en ejercicio de las facultades otorgadas por el Reglamento Interno. ACUERDA:Artículo Primero.- ELEGIR al señor Josimar Alfredo Anco Gonzales, Consejero Regional por la provincia de Tahuamanu, como Consejero Delegado del Consejo Regional de Gobierno Regional de Madre de Dios, para el período 2008, de conformidad a la Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios para su promulgación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los ocho días del mes de enero del año dos mil ocho. SANTOS KAWAY KOMORI Presidente RegionalPresidencia Regional 170921-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Disponen sancionar conductas vandálicas durante el tradicional juego de carnavales ORDENANZA N° 278-2008/MDB-CDB Breña, 5 de febrero del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA