Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2008 (05/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368069

ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL Res. Nº 031-2008-COFOPRI/TAP.- Revocan la Resolucion de Jefatura N° 042-2007-COFOPRI/OJA-CIUDAD, que dispuso emision de titulo de saneamiento de propiedad de inmueble ubicado en el departamento de MORDAZA 368101 Res. Nº 045-2008-COFOPRI/TAP.- Declaran nula la Res. N° 101-2007-COFOPRI/CIUDAD7OJA emitida por la Oficina de Jurisdiccion Ampliada MORDAZA 7 368102

Ordenanza Nº 162.- Autorizan celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, con motivo del Aniversario de la Creacion del Distrito 368107 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES Acuerdo Nº 007-2008-MDSMP.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de radio troncalizado digital 368108 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Acuerdo Nº 021-2008-MDSR.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de leche evaporada para el Programa del Vaso de Leche 368108 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCABAL R.A. Nº 102-2008-MDM.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche 368109

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA Res. Nº 073-2008-GR-LL/PECH-01.Designan responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC 368103

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ANCON D.A. Nº 001-2008-A/MDA.Municipalidad Modifican el MORDAZA de la 368104

SEPARATA ESPECIAL
EDUCACION R.M. N° 0113-2008-ED.Mantenimiento Preventivo Basico de Locales de Instituciones Educativas Publicas 367969

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Ordenanza Nº 160.- Fijan montos por servicio de emision , determinacion de impuestos y distribucion a domicilio, monto minimo para el pago del impuesto predial y establecen cronograma de pago de tributos para el ano 2008 368106

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N° 29203
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

objetivo la recopilacion, procesamiento y difusion de informacion sobre los antecedentes y evolucion de los promotores inmobiliarios y/o empresas constructoras de unidades inmobiliarias, indicando el nombre de los accionistas, la frecuencia y calidad de las transacciones comerciales, la existencia de las sanciones impuestas, los indicadores de calidad o el cumplimiento de normas tecnicas, y otros criterios de similar naturaleza que seran precisados por via reglamentaria. Articulo 3º.- De la implementacion de la Central de Informacion de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con opinion del INDECOPI, tiene a su cargo la implementacion de la Central referida en el articulo 1º. El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento debe mantener registrada y actualizada periodicamente la informacion senalada en el articulo 2º. Dicha informacion debe ser gratuita y publica, y estara disponible a traves de los portales electronicos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y del INDECOPI, sin perjuicio de otros mecanismos de acceso gratuito y publico. La informacion referida a las sanciones sera conservada durante el periodo de cuatro (4) anos. Articulo 4º.- Del suministro de informacion por parte de los gobiernos locales Todas las municipalidades estan obligadas a suministrar al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, semestralmente, bajo responsabilidad administrativa del MORDAZA, la relacion de promotores inmobiliarios y/o empresas constructoras de unidades inmobiliarias que hayan sido sancionadas por no cumplir con los parametros urbanisticos y edificatorios, y las normas vigentes sobre la materia.

LEY QUE CREA LA CENTRAL DE INFORMACION DE PROMOTORES INMOBILIARIOS Y/O EMPRESAS CONSTRUCTORAS DE UNIDADES INMOBILIARIAS
Articulo 1º.- De la creacion de la Central de Informacion de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias Crease la Central de Informacion de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias, cuya organizacion y funcionamiento estara a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 2º.- Del objeto de la Central de Informacion de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias La Central a que se refiere el articulo 1º tiene como

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