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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de marzo de 2008 368085 SALUD FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2008/MINSA Mediante Ofi cio Nº 485-2008-SG/MINSA el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 115-2008/MINSA, publicada en la edición del 1 de marzo de 2008. En el Octavo Considerando: DICE: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 283- 2005/MINSA se aprobó el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones del Ministerio de Salud, el cual perdió vigencia en atención de la dación del Decreto Supremo Nº 042-2006-EF, por lo que resulta necesaria su actualización; DEBE DECIR: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 283-2003-SA/ DM, se aprobó el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones del Ministerio de Salud, el cual perdió vigencia en atención de la dación del Decreto Supremo Nº 042-2006-EF, por lo que resulta necesaria su actualización; En el artículo 2º:DICE:Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 283-2005/MINSA, que aprobó el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones del Ministerio de Salud - Sede Central. DEBE DECIR:Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 283-2003-SA/DM, que aprobó el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones del Ministerio de Salud - Sede Central. 171959-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Disponen la inscripción definitiva de la AFOSECAT - SAN MARTIN en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2062-2008-MTC/15 Lima, 26 de febrero de 2008 VISTO:El expediente, con registros Nº 045503(31/05/2007), 059332(16/07/2007), 015389(08/02/2008), 015391(08/02/08), 019769(21/02/2008) y 020796(25/02/08), presentado por ASOCIACION DE FONDOS Y SEGUROS CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO DE LA REGION SAN MARTIN “AFOSECAT - SAN MARTIN” con la documentación requerida en el artículo 24º del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito.CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28839, se modifi có entre otros el artículo 30º de la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre, a efectos de incluir, como alternativa a la contratación del SOAT, el Certifi cado de Accidentes de Tránsito – CAT, emitido por las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito - AFOCAT, destinados exclusivamente para vehículos de transporte urbano e interurbano regular de personas que presten servicios al interior de la región o provincia, incluyendo el servicio de transporte especial de personas en taxis y mototaxis; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 012-2007-MTC y 025-2007-MTC, se aprueba el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito. Que con fecha 9 de agosto de 2007 se emitió la Resolución Directoral Nº 12482-2007-MTC/15 por la que ASOCIACION DE FONDOS Y SEGUROS CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO DE LA REGION SAN MARTIN “AFOSECAT - SAN MARTIN” fue inscrita provisionalmente en el Registro AFOCAT del MTC, al haber cumplido con el depósito del 30% del Fondo Mínimo y haber celebrado el contrato de fi deicomiso, conforme lo establece el Reglamento; Que con la presentación del expediente con registros Nº 045503(31/05/2007), 059332(16/07/2007), 015389(08/02/2008), 015391(08/02/08), 019769(21/02/2008) y 020796(25/02/08), ha cumplido con todos los requisitos establecidos en el Artículo 24º del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, por lo que corresponde otorgarle el Registro Defi nitivo; Estando a lo opinado por la Ofi cina de Registro de AFOCAT, mediante Informe 008-2008-MTC/15.R AFOCAT y de conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, modifi cada por la Ley Nº 28839; y el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la INSCRIPCIÓN DEFINITIVA de ASOCIACION DE FONDOS Y SEGUROS CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO DE LA REGION SAN MARTIN “AFOSECAT - SAN MARTIN”, constituida mediante escritura pública de fecha 12 de abril del 2007 otorgada ante Notario Público de San Martín Dra. Annie Elizabeth Cisneros Olano y registrada bajo la Partida Electrónica Nº 11030786 del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de San Martín, en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito a cargo de la Dirección General de Transporte Terrestre, como AFOCAT REGIONAL con Registro Defi nitivo Nº 0034 - R AFOCAT - DGTT - MTC/2007, pudiendo operar como tal en la Región San Martin. Artículo 2º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.LINO DE LA BARRERA L. Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 170461-1