Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2008 (05/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368079

Que, el Oficial de Mar 1º May. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debe ser comprendido en una denuncia por la presunta comision de un ilicito penal, por cuanto existen los elementos que avalan un acto de usurpacion de identidad, adulteracion y mal uso de recetas medicas, con el objeto de sustraer medicinas para beneficio propio y probablemente para terceras personas; Que, de acuerdo a lo recomendado por el Consejo de Investigacion "A" para Oficiales Superiores, mediante Acta Nº 003-2006 de fecha 30 de noviembre de 2006, se dispuso que el Director de Salud y Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara", en uso de sus atribuciones sancione y denuncie al Personal que la Junta Interna de Investigacion determine responsabilidad en la falsificacion, adulteracion y/o mal uso de recetas medicas, que ocasiono la evasion de las medidas de control dispuestas para detectar el mal uso de las recetas y el manejo irregular en la entrega de medicinas que se produjeron al Oficial de Mar 1º May. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para beneficio propio y probablemente para terceras personas, ocasionando un grave perjuicio economico al Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara"; Que, estando frente a la comision de un ilicito penal en perjuicio del Estado - MORDAZA de MORDAZA del Peru, es necesario iniciar las acciones legales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 modificatoria de la Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la MORDAZA de MORDAZA del Peru, a iniciar, continuar y culminar las acciones legales correspondientes contra el Oficial de Mar 1º May. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Ministro de Defensa 171943-3

se aprobo el texto de los contratos MORDAZA requeridos para la celebracion de las referidas operaciones de cobertura, denominados International Swap Dealers Association Inc. (ISDA) Master Agreement (Version 1992), incluyendo su anexo respectivo denominado "Schedule", los cuales deben ser suscritos con las entidades financieras de los Estados Unidos de MORDAZA y/o internacionales que seran la contraparte de la Republica del Peru en tales operaciones y que son determinadas mediante Resolucion Ministerial del Sector Economia y Finanzas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 169-2005EF/75, se designo a Citibank N.A. como una de las entidades financieras que pueden actuar como contraparte de la Republica del Peru en operaciones de cobertura de riesgo, para lo cual se suscribieron los indicados contratos con fecha 26 de MORDAZA de 2005; Que, se ha considerado conveniente celebrar con Citibank N.A. operaciones de cobertura de riesgo estructuradas, que intercambien los flujos de Euros y Yenes a tasa fija, a Nuevos Soles a tasa fija, de las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Supremos Nºs. 428-83-EFC, 230-84-EFC, 379-84-EFC, 488-85-EF (parte III), 159-93-EF (segundo tramo), 046-99EF, 048-99-EF y los Decretos Legislativos Nºs. 397 y 506, hasta por el importe de EUR 39 272 934,02 (TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 02/100 EUROS) y ¥ 4 011 414 000,00 (CUATRO MIL ONCE MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL Y 00/100 YENES); Que, las citadas operaciones de cobertura de riesgo estructuradas se han tramitado con sujecion a lo establecido en el Articulo 6° de la Directiva que Regula el Procedimiento para Efectuar Operaciones de Cobertura de Riesgo del Gobierno Nacional, aprobada por Resolucion Directoral Nº 003-2006-EF-75.01; Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre las citadas operaciones, en aplicacion del literal l) del Articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las operaciones de cobertura de riesgo estructuradas denominadas "Cross Currency Swap Extinguible" con Citibank N.A., que intercambia flujos de Euros y Yenes a tasa fija, a Nuevos Soles a tasa fija, de las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Supremos Nºs. 428-83-EFC, 230-84-EFC, 379-84-EFC, 488-85-EF (parte III), 159-93-EF (segundo tramo), 046-99-EF, 048-99-EF y los Decretos Legislativos Nºs. 397 y 506, hasta por el importe de EUR 39 272 934,02 (TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 02/100 EUROS) y ¥ 4 011 414 000,00 (CUATRO MIL ONCE MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL Y 00/100 YENES). Articulo 2º.- Aprobar el texto del documento denominado "Confirmation" a ser suscrito con Citibank N.A. por cada una de las operaciones mencionadas en el articulo precedente, que conjuntamente con el ISDA Master Agreement (Version 1992) y con su anexo denominado "Schedule" fueran aprobados mediante Decretos Supremos Nºs. 020 y 089-2005-EF, y suscritos entre dicha entidad y la Republica del Peru el 26 de MORDAZA de 2005, constituyen el MORDAZA contractual para implementar las operaciones de cobertura de riesgo estructuradas denominadas "Cross Currency Swap Extinguible" que se aprueban en el Articulo 1º de la presente MORDAZA legal. Articulo 3º.- El Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico podra suscribir los documentos y tomar las acciones que, en el ambito de su competencia, se requieran para implementar lo dispuesto en esta MORDAZA legal. Articulo 4°.- Los pagos correspondientes a la implementacion de las operaciones de cobertura de riesgo que se aprueban en el Articulo 1° de esta MORDAZA seran

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operaciones de cobertura de riesgo estructuradas denominadas "Cross Currency Swap Extinguible" y el documento "Confirmation" con Citibank N.A., relativos a operaciones de endeudamiento externo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 147-2008-EF/75 MORDAZA, 3 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, el parrafo 36.1 del Articulo 36° de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, a realizar operaciones de administracion de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de MORDAZA, lo que incluye a las operaciones de cobertura de riesgo; Que, el parrafo 37.3 del Articulo 37º de la acotada Ley senala que las operaciones especificas de cobertura de riesgo se aprueban por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 020-2005-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 089-2005-EF,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.