Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2008 (08/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de marzo de 2008

de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la Fuerza Aerea del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:

modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la Fuerza Aerea del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 10 al 15 de marzo de 2008, para participar en el Programa de Intercambio de Expertos con la Fuerza Aerea del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior Encargado del Despacho de Defensa

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de MORDAZA, de la Republica Federativa de Brasil, de la Republica Oriental del Uruguay, de los Estados Unidos de MORDAZA, de la Republica MORDAZA, de la Republica del Ecuador, de Guatemala, de Honduras, de la Republica de Bolivia, del Canada, de la Republica de Colombia, del Panama y de la Republica del MORDAZA, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, entre el 8 y el 16 de marzo de 2008, para participar en la reunion del Sistema de Cooperacion entre las Fuerzas Aereas Americanas (SICOFAA). Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese.

173184-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 224-2008-DE/SG
MORDAZA, 6 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DGS) Nº 192 de fecha 21 de febrero de 2008, Nº F-201 de fecha 22 de febrero de 2008, Nº 205 de fecha 25 de febrero de 2008, Nº 223 de fecha 27 de febrero de 2008, 237 de fecha 28 de febrero de 2008, Nº 240 de fecha 29 de febrero de 2008, Nº 256, 258 y 259 de fecha 06 de marzo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, de la Republica Federativa de Brasil, de la Republica Oriental del Uruguay, de los Estados Unidos de MORDAZA, de la Republica MORDAZA, de la Republica del Ecuador, de Guatemala, Honduras, de la Republica de Bolivia, del Canada, de la Republica de Colombia, del Panama y de la Republica del MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, el Sistema de Cooperacion entre las Fuerzas Aereas Americanas (SICOFAA) es una organizacion interamericana, de caracter voluntario, conformada por 18 paises miembros, que tiene por finalidad promover y fortalecer los lazos de amistad que los unen, asi como lograr el apoyo mutuo entre ellos mediante la coordinacion y cooperacion de las Fuerzas Aereas cuando tengan que actuar conjuntamente por acuerdo de sus respectivos gobiernos; Que, en el presente ano, se ha previsto la ejecucion del Comite A-II de Informacion en el Peru, cuyo proposito es intercambiar y analizar permanentemente informacion, experiencias y procedimientos relacionados con esta area, sobre amenazas comunes en el ambito aeronautico, con el proposito de emitir recomendaciones validas, claras, materializables y concretas que permitan la adopcion de acciones, por los paises afectados, tendientes a minimizar sus efectos; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica,

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior Encargado del Despacho de Defensa

173184-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 225-2008-DE/SG
MORDAZA, 6 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 257 de fecha 6 de marzo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, en el ano 2007, se llevo a cabo la V Reunion de Estados Mayores y XIX Reunion Bilateral de Inteligencia MORDAZA entre la Armada del Ecuador y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, suscribiendose el Acta correspondiente, en la que mediante Acuerdo A-9-V se establecieron los Intercambios Profesionales y Academicos para el ano 2008, habiendose considerado el curso de Arqueo de Buques; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad.

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