Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2008 (08/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

368399

noviembre del 2007, emitido por la Autoridad Maritima, por lo que corresponderia atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 6002007-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 23 de noviembre del 2007, y con la opinion favorable de Area Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE y la Resolucion Ministerial Nº 071-2001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, y demas normas complementarias; Ley General del Procedimiento Administrativo Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En virtud a la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 362-2007-PRODUCE/DGEPP del 7 de agosto del 2007, modifiquese la Resolucion Ministerial Nº 25295-PE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 3952006-PRODUCE/DGEPP y la Resolucion Directoral Nº 009-2007-PRODUCE/DGEPP del 8 de enero del 2007, que otorgo el permiso de pesca a favor de la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C., para operar la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CE-2449-PM, cedida via arrendamiento financiero por el Banco Continental, unicamente en el extremo referido a la capacidad de bodega, entendiendose que la referida embarcacion posee un volumen de bodega 267.60 m3. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Incorporar la presente Resolucion al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, asi como tambien al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Articulo 4º.- Excluir el derecho de autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 362-2007-PRODUCE/DGEPP del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

172854-1

Que a traves del articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 510-2006-PRODUCE/DGEPP del 15 de diciembre del 2006, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 377-95-PE, modificada por las Resoluciones Directorales Nº 042-99PE/DNPP, Nº 100-99-PE/DNPP, Nº 237-99-PE/DNPP y por Resolucion Directoral Nº 097-2006-PRODUCE/DNEPP del 29 de marzo del 2006, para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos para la produccion de harina de pescado, con una capacidad instalada de 59 t/h de procesamiento de materia prima en el establecimiento industrial pesquero ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que asimismo, en el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 510-2006-PRODUCE/DGEPP se otorgo a PESQUERA MORDAZA S.A.C., autorizacion para efectuar el traslado fisico de la planta de harina convencional de 59 t/h de capacidad instalada senalada en el articulo 1º precedente, hacia la MORDAZA de MORDAZA de Pescadores, ubicada en el distrito de Ocona, provincia de Camana, departamento de MORDAZA, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 379-97-PE; Que a traves del escrito del visto, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C. representada por su Apoderada MORDAZA MORDAZA Lumbroso Batievsky identificada con DNI Nº 09337541, solicita renovacion del plazo de autorizacion de instalacion de la planta de harina de pescado en la modalidad de traslado fisico autorizado por Resolucion Directoral Nº 510-2006-PRODUCE/DGEPP, por el periodo de un (1) ano adicional; adjuntando la documentacion pertinente que sustenta haber efectuado una inversion superior al 50% del proyecto total; Que, con fecha 19 de enero de 2008, se llevo a cabo la inspeccion tecnica correspondiente, en la que se aprecio que el avance de instalacion e inversion en la planta de harina de pescado ubicada en el MORDAZA de Pescadores del distrito de Ocona, provincia de Camana, departamento de MORDAZA, es superior al 50% del proyecto total; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en autos, se desprende que la recurrente se encuentra en el supuesto establecido en el numeral 52.1 del articulo 52° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, y ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por el procedimiento N° 27 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE, modificado Resolucion Ministerial Nº 359-2007-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 040-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal de esta Direccion General; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODOUCE, modificado Resolucion Ministerial Nº 3592007-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a PESQUERA MORDAZA S.A.C., renovacion del plazo de autorizacion de instalacion de un establecimiento industrial pesquero, otorgado por Resolucion Directoral Nº 510-2006-PRODUCE/DGEPP del 15 de diciembre del 2006, para desarrollar la actividad de procesamiento pesquero de productos hidrobiologicos, a traves de su planta de harina y aceite de pescado ­ convencional con una capacidad a instalar de 59 t/h de procesamiento de materia prima, en la MORDAZA de MORDAZA de Pescadores, distrito de Ocona, provincia de Camana, departamento de Arequipa. Articulo 2º.- La empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C., debera instalar su establecimiento industrial pesquero, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del

Otorgan a Pesquera MORDAZA S.A.C. autorizacion de instalacion de establecimiento industrial pesquero para procesamiento de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 054-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 25 de enero del 2008 Visto el expediente con registro N° 00085126 de fecha 10 de diciembre de 2007, presentado por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.