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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2008 (09/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de marzo de 2008 368479 Artículo Cuarto.- Los citados profesionales presentarán a la Alta Dirección con copia a la Gerencia de Cooperación Técnica, un informe sobre las actividades realizadas dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de concluida la comisión de servicios; sin perjuicio de los documentos que se emitan como producto de la realización de la Auditoría Conjunta. Artículo Quinto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 173672-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Kawana Sisa RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 103-2008-JNAC/RENIEC Lima, 26 de febrero de 2008VISTO: el Informe N° 0000106-2008/SGGORC/GRC/ RENIEC, de la Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles y el Informe N° 000045-2008-GRC/RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles. CONSIDERANDO:Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, norma que precisa que el Sistema Registral lo conforman el conjunto de órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción, y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil; del mismo modo, la norma establece que el Jefe Nacional está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para un mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueran necesarias; Que, la Ofi cina Registral que funciona en la Comunidad Nativa a que se refi eren los informes del Visto, ha formalizado expediente de regularización de Ofi cina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Artículo 44° de la Ley N° 26497, así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Kawana Sisa, distrito de San José de Sisa, Provincia de El Dorado, Departamento de San Martín. Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa mencionada, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a la Oficina Registral, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; correspondiendo a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 173313-2 MINISTERIO PUBLICO Nombran fiscales provisionales en despachos de fiscalías provinciales de los Distritos Judiciales de Tumbes, Lima, Moquegua, Lambayeque y Del Santa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 316-2008-MP-FN Lima, 7 de marzo de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 017-2008-MP-FN-JFS de fecha 25 de enero del 2008, se crearon Fiscalías de carácter permanente en los Distritos Judiciales a nivel nacional. Que, al encontrarse vacante la plaza de Fiscal Provincial y Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos Aduaneros y Contrabando, Distrito Judicial de Tumbes, se hace necesario cubrir el referido Despacho con los Fiscales que asuman provisionalmente el cargo. Estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Luz Mery Zuzunaga Silva, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Contralmirante Villar, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1378-2006-MP-FN, de fecha 8 de noviembre del 2006. Artículo Segundo.- Nombrar a la doctora Luz Mery Zuzunaga Silva, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos Aduaneros y Contrabando. Artículo Tercero.- Nombrar al doctor Elvis Mario Alfaro Vásquez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes, designándolo en el Despacho