Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2008 (09/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de marzo de 2008 368469 Salida / Llegada de la línea transmisiónTensión (kV)N° de ternasLongitud (km)Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) S.E. Tierra Colorada - S.E. Andalucita22,9 01 14,31 11 Artículo 3°.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 312-2008 a suscribirse con Andalucita S.A., el que consta de 19 cláusulas y 04 anexos. Artículo 4°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 312-2008 referido en el artículo 3° de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial “El Peruano” por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 173669-3 INTERIOR Designan Director General de la Oficina General de Comunicación Social RESOLUCION MINISTERIAL N° 0154-2008-IN Lima, 8 de marzo del 2008.CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Ofi cina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior, Nivel F-5; Que, por razones de servicio resulta necesario designar al funcionario que ocupe dicho cargo; y De conformidad con la Ley N° 29158, Ley del Poder Ejecutivo; Ley 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003 -2004-lN y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2005-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha, a don Carlos Manuel Asián Pereda, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior, Nivel F-5. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 173670-1JUSTICIA Amplían facultades de Procuradores Públicos Descentralizados para intervenir en investigaciones y procesos por ilícitos en agravio del Patrimonio del Estado, del funcionamiento de medios de transporte, comunicación y otros servicios, así como en hechos contra la tranquilidad pública DECRETO SUPREMO Nº 005-2008-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el artículo 47° de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de los intereses y derechos del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a ley; Que, conforme al inciso j) del artículo 6° del Decreto Ley No. 25993 - Ley Orgánica del Ministerio de Justicia, es función de dicha Entidad el coordinar y evaluar la defensa judicial de los intereses y derechos del Estado; Que, el artículo 99° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2001-JUS, establece que es el Consejo de Defensa Judicial del Estado quien propone políticas, coordina, supervisa y evalúa la defensa de los intereses del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 038-2001-JUS se crearon las Procuradurías Públicas Anticorrupción Descentralizadas, las que dependen de la Presidencia del Consejo de Defensa Judicial del Estado y tienen como objetivo representar y defender los derechos e intereses del Estado en los asuntos relacionados a la lucha contra la corrupción en la administración pública; Que, siendo ello así, y al advertirse la ocurrencia de hechos en el interior del país que alteraron o siguen alterando la paz, el orden y la seguridad pública, y que evidencian también conductas delictivas contra bienes públicos, así como comportamientos violentos contra la integridad física de servidores públicos, es necesario que la defensa del Estado actúe coordinadamente, a fi n de interponer las acciones legales correspondientes en contra de los responsables de los hechos delictivos; Que, en consecuencia es necesario ampliar las facultades contenidas en el Decreto Supremo N° 038-2008-JUS, para que los Procuradores Públicos Descentralizados, sin perjuicio de las facultades de los respectivos Procuradores sectoriales, tengan por función representar y defender los derechos e intereses del Estado en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse ante los órganos jurisdiccionales por asuntos relacionados a los hechos de violencia producidos en el país; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47° de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley N° 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Ley N° 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, y el Decreto Supremo N° 038-2001- JUS - Crean las Procuradurías Públicas Anticorrupción Descentralizadas; DECRETA:Artículo 1°.- Amplíese las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS a los Procuradores Públicos Descentralizados, quienes se encuentran facultados para representar y defender los derechos e intereses del Estado en las investigaciones preliminares y/o procesos judiciales iniciados y por iniciarse ante el Ministerio Público y/o órganos jurisdiccionales por los ilícitos cometidos en agravio del patrimonio del Estado, en agravio del normal funcionamiento de los medios de