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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2008 (15/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de marzo de 2008 368810 y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o Municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones, siendo de aplicación esta norma al predio de propiedad del Estado o Municipal sobre los que se encuentra la referida subestación; Que, la petición se encuentra amparada por el artículo 110° y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 034-2008-DGE-DCE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- IMPONER, con carácter permanente, a favor de la concesión defi nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación sobre bienes públicos, para la instalación de la Subestación de Distribución Eléctrica compacta subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad N° 5589, ubicada en la Calle Casa Vieja, Mz. Q, Lote N° 1, Parcelación Cieneguilla, Etapa II, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme con el siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbreÁrea de ServidumbreTipo de PropiedadTipo de terreno 31198907 S ubestación de Distribución Eléctrica N° 5589 Ubicación: distrito de C ieneguilla, provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM (PSAD 56):Vértice Norte Este A 8 662 091,676 305 724,053 B 8 662 090,144 305 719,568 C 8 662 088,176 305 720,240 D 8 662 089,708 305 724,726Suelo: 9,86 m² y sus aires.Pública Urbano Artículo 2°.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3°.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fi n que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4°.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 172100-1 JUSTICIA Reconstituyen el Consejo Nacional Penitenciario del INPE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 051-2008-JUS Lima, 14 de marzo de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante el Artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 152-2007-JUS, de fecha 14 de septiembre de 2007, se reconstituyó el Consejo Nacional Penitenciario con los siguientes miembros: señor Teniente General (r) Gustavo Carrión Zavala como Presidente, señor abogado Leonardo José Caparrós Gamarra como Vicepresidente y señor abogado Gerson David Villar Sandy, como Tercer Miembro; Que, por Resolución Suprema Nº 019-2008-JUS, de fecha 2 de febrero de 2008, se dio por concluida la designación del señor Teniente General (r) Gustavo Carrión Zavala, nombrándose como Presidente del Consejo Nacional Penitenciario, en calidad de suplente, al señor abogado Leonardo José Caparrós Gamarra; Que, resulta necesario reconstituir el Consejo Nacional Penitenciario, designándose para ello a los funcionarios que ejercerán dichos cargos públicos de confi anza; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos y el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Reconstitúyase el Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, designándose a los siguientes miembros: Señor abogado Leonardo José Caparrós Gamarra, como Presidente encargado Señor abogado Gerson David Villar Sandy, como Vicepresidente Coronel PNP (r) Juan Briceño Pomar, como Tercer Miembro encargado. Artículo 2º.- Déjese sin efecto el Artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 152-2007-JUS, de fecha 14 de septiembre de 2007. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 176587-4 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 160-2008-JUS Mediante Ofi cio Nº 542-2007-JUS/SG el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 160-2008-JUS, publicada en la edición del 12 de marzo de 2008. En la sumillaDICE:Autorizan a Procuradora iniciar acciones judiciales en defensa del derecho de propiedad del Ministerio sobre inmueble para cumplir con reparaciones no dinerarias a que se refi ere el D.S. Nº 002-2002-JUS. DEBE DECIR:Autorizan a Procuradora iniciar acciones judiciales en defensa del derecho de propiedad del Ministerio sobre inmueble para cumplir con reparaciones no dinerarias a que se refi ere el D.S. Nº 005-2002-JUS. En el tercer considerandoDICE: Que, por Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS se dispuso en el artículo 1º autorizar al Ministerio de Justicia a adoptar las acciones necesarias para efectuar la transferencia a título gratuito del 50% del terreno denominado Sublote Nº 01 ubicado en la avenida Central,