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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2008 (15/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de marzo de 2008 368820 Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Luz Betty Caballero de Clulow, Directora de Organismos Económicos y Financieros, y del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Pedro Antonio Bravo Carranza, funcionario de la Dirección General de OMC y Negociaciones Económicas Internacionales, para que participen en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la IV Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo de Libre Comercio entre el Perú y el Área Europea de Libre Comercio (EFTA), a realizarse en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 1 al 6 abril de 2008. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 – Integración Política y Negociaciones Económico-Comerciales Internacionales, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Luz Betty Caballero de Clulow 755.20 200.00 6+1 1,400.00 30.25 Pedro Antonio Bravo Carranza 755.20 200.00 6+1 1,400.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las referidas reuniones, los citados funcionarios diplomáticos, deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 174474-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a EE.UU. para participar en la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores convocada por el Consejo Permanente de la OEA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0357/RE Lima, 13 de marzo de 2008CONSIDERANDO:Que, el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos, tiene entre sus fi nes velar por el mantenimiento de las relaciones de amistad entre los Estados Miembros y, brindar apoyo en la solución pacífi ca de las controversias; Que, el Consejo Permanente celebrado para analizar la situación entre Ecuador y Colombia decidió el 05 de marzo de 2008, mediante Resolución CP/RES. 930 (1632/08), convocar para el 17 de marzo de 2008, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a una Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, de conformidad con los artículos 61º y 62º de la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA); Que, la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores recibirá el informe de la Comisión encabezada por el Secretario General de la OEA e integrada por Argentina, Brasil, Panamá y Perú sobre la visita realizada a la República del Ecuador y la República de Colombia, entre los días 09 y 12 de marzo de 2008; Que, a través de una participación activa del Perú en las labores de la Organización de los Estados Americanos para la promoción de la paz y la seguridad en la región se contribuye al logro de objetivos importantes para la Política Exterior del Perú; Teniendo en cuenta el Memorándum (SME) Nº 0263/2008, de 12 de marzo de 2008, de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Antonio Javier Alejandro García Revilla, Subsecretario para Asuntos Multilaterales, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 17 de marzo de 2008, para que participe en la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, convocada por el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en la que se presentará el informe sobre la visita realizada a Ecuador y Colombia por la Comisión encabezada por el Secretario General de dicha Organización. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 - Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Antonio Javier Alejandro García Revilla 2,252.81 220.00 1+1 440.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las referidas reuniones, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 176083-1