Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2008 (15/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de marzo de 2008

II", con matricula Nº CO-17431-BM de 12 m3 de volumen de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico bacalao de profundidad, con destino al consumo humano directo, utilizando como aparejo de pesca palangre o espinel, fuera de las cinco (5) millas de la costa; autorizando asimismo la extraccion de todas las especies hidrobiologicas, con excepcion de los recursos plenamente explotados, siempre que MORDAZA destinados al consumo humano directo y en su captura se empleen artes y/o aparejos de pesca adecuados; Que mediante los escritos del visto, la empresa MORDAZA VIEIRA Y ASOCIADOS S.A.C., solicita modificacion de resolucion autoritativa por cambio de nombre de la embarcacion pesquera "PONCE II" con matricula Nº CO17431-BM por "SANDRA CECILIA" y cambio del titular del derecho otorgado a EMPRESA PESQUERA REAL S.R.L. a su favor; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la empresa MORDAZA VIEIRA Y ASOCIADOS S.A.C., fue comunicada mediante el Oficio Nº 3350-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch de fecha 13 de setiembre del 2007, a fin de que alcance el Certificado Compendioso de Dominio en el que no figure el titulo pendiente de inscripcion, otorgandosele un plazo de diez (10) dias habiles, contados a partir de la fecha de recepcion del citado oficio. Segun el cargo de recepcion, la solicitante recibio el Oficio Nº 3350-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch el 18 de setiembre del 2007 y a la fecha no ha dado respuesta a la comunicacion remitida, por lo que corresponde declarar en abandono la solicitud de modificacion de resolucion autoritativa por cambio de nombre de la embarcacion pesquera MORDAZA II con matricula Nº C0-17431-BM por MORDAZA MORDAZA y cambio de titular a su favor, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 191º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informes Nºs. 510 y 598-2007-PRODUCE/DGEPP, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en abandono los procedimientos administrativos de modificacion de resolucion autoritativa por cambio de nombre de la embarcacion pesquera MORDAZA II con matricula Nº CO17431-BM y cambio de titular del derecho otorgado a su favor, presentados por la empresa MORDAZA VIEIRA Y ASOCIADOS S.A.C., mediante los escritos con registro Nº 00006946 de fechas 26 de enero y 7 de agosto del 2007, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 175858-5 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 075-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 1 de febrero del 2008 Visto los escritos con registro Nº 00006939 de fechas 26 de enero, 20 de marzo y 24 de MORDAZA del 2007, presentados por la empresa TEKNOFISH S.A.C., mediante los cuales solicito la modificacion de resolucion autoritativa por cambio de nombre de la embarcacion pesquera "PONCE II" con matricula Nº CO-17431-BM por "SANDRA CECILIA" y cambio de titular del derecho otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 035-2003PRODUCE/DNEPP a su favor ;

Que el Articulo 191º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los presupuestos para la operatividad del abandono son el requerimiento previo al particular, la paralizacion del procedimiento por treinta (30) dias imputables al administrado y el silencio del administrado luego de recibida la intimacion; Que mediante Resolucion Directoral Nº 035-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 31 de enero de 2003, se otorgo a la EMPRESA PESQUERA REAL S.R.L., permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "PONCE II", con matricula Nº CO-17431-BM de 12 m3 de volumen de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico bacalao de profundidad, con destino al consumo humano directo, utilizando como aparejo de pesca palangre o espinel, fuera de las cinco (5) millas de la costa; autorizando asimismo la extraccion de todas las especies hidrobiologicas, con excepcion de los recursos plenamente explotados, siempre que MORDAZA destinados al consumo humano directo y en su captura se empleen artes y/o aparejos de pesca adecuados; Que mediante los escritos del visto, la empresa TEKNOFISH S.A.C., solicito modificacion de resolucion autoritativa por cambio de nombre de la embarcacion pesquera "PONCE II" con matricula Nº CO-17431-BM por "SANDRA CECILIA" y cambio del titular del derecho otorgado a EMPRESA PESQUERA REAL S.R.L., a su favor , y ademas solicita desistimiento del procedimiento cambio de titular, faltandole precisar si se desiste tambien del procedimiento cambio de nombre de la citada embarcacion; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la empresa TEKNOFISH S.A.C., fue comunicada mediante el Oficio Nº 3349-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch de fecha 13 de setiembre del ano 2007, a fin de que pueda adecuar su desistimiento a lo dispuesto en el Articulo 115º de la Ley Nº 27444, y asimismo a fin de que precise si su desistimiento tambien esta referido al procedimiento de cambio de nombre de la embarcacion pesquera, otorgandosele un plazo de diez (10) dias habiles, contados a partir de la fecha de recepcion del citado oficio. Segun el cargo de recepcion, la solicitante recibio el Oficio Nº 3349-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch el 18 de setiembre del 2007 y a la fecha no ha dado respuesta a la comunicacion remitida, por lo que corresponde declarar en abandono las solicitudes de desistimiento del cambio de titular y la modificacion de resolucion autoritativa por cambio de nombre de la embarcacion pesquera MORDAZA II con matricula Nº C0-17431-BM por MORDAZA MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 191º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informes Nros. 510 y 598-2007-PRODUCE/DGEPP, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en abandono los procedimientos administrativos iniciados por la empresa TEKNOFISH S.A.C., mediante los escritos con registro Nº 00006939 de fechas 26 de enero, 20 de marzo y 24 de MORDAZA del 2007, respectivamente, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 175858-6

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