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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de marzo de 2008 369324 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 064-2008-P-PJ.- Disponen apertura del Libro denominado “Registro Único de Extradiciones de la Corte Suprema de Justicia de la República” 369345 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 115-2008-CED-CSJLI-PJ.- Establecen disposiciones relativas al ingreso de nuevas demandas a las salas especializadas en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima 369346 Res. Adm. Nº 116-2008-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Comisión de Capacitación del Área Civil y Procesal Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima 369347 ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO RR. Nºs. 376 y 377-2008-MP-FN.- Nombran fi scales en despachos de Fiscalías de los Distritos Judiciales de Lima y Apurímac 369347 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Res. Adm. Nº 042-2008-P/TC.- Autorizan viaje del Presidente del Tribunal Constitucional a Chile para participar en diversas actividades académicas 369348 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE SALUD R.J. Nº 137-2008-J-OPD/INS.- Designan Directora General del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud 369349ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. Nº 275-2008-OS/CD.- Aprueban Bases para la Tercera Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. 369349 Fe de Erratas Res. Nº 0226-2008-OS/CD 369350 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Ordenanza Nº 000062-2008-MDSJM.- Autorizan cele- bración del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2008 369350 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza Nº 044-2008/MVMT.- Amplían benefi cio tributario otorgado mediante Ordenanza N° 005-2007/MVMT y su ampliación aprobada por Ordenanza N° 037- 2007/MVMT 369351 Ordenanza Nº 045-2008/MVMT.- Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad 369352 Ordenanza Nº 048-2008/MVMT.- Crean el Programa Municipal de Vivienda del Distrito de Villa María del Triunfo para la promoción e implementación del Programa Techo Propio 369358 Acuerdo Nº 010-2008/MVMT.- Aprueban el Plan Distrital por la Niñez y la Adolescencia al 2012 369360 D.A. Nº 002-2008/MVMT.- Prorrogan vigencia del D.A. N° 010-2007/MVMT 369360 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Acuerdo Nº 022-2008-MPC.- Autorizan viaje del Alcalde a Israel para participar en el “Seminario Competitividad Regional y Local para Gobiernos Locales de América Latina” 369361 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29207 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA Y DE INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DE LA FERROVÍA TRANSCONTINENTAL “BRASIL-PERÚ” ATLÁNTICO-PACÍFICO (FETAB) Artículo 1º.- Objeto de la Ley Declárase de necesidad pública y de interés nacional la construcción del tramo nacional del Proyecto Ferrovía Transcontinental “Brasil-Perú” Atlántico-Pacífi co, en adelante Proyecto FETAB, que abarca los departamentos de Ucayali, Huánuco, Pasco, San Martín, Amazonas, Cajamarca y Piura. La construcción del Proyecto FETAB se iniciará desde la localidad de Boqueiráo da Esperanca, Cruceiro do Sol, Estado de Acre en la República Federal de Brasil, y concluirá en los Puertos de Paita y Bayóvar, en las provincias de Paita y Sechura, respectivamente, del departamento de Piura, e interconectará con la línea férrea de Cerro de Pasco en el departamento de Pasco, que conduce al Puerto del Callao en la Provincia Constitucional del Callao, en el Perú. Artículo 2º.- Participación del inversionista La elaboración de los estudios correspondientes, la operación y mantenimiento de la vía, así como los gastos que genere la adquisición y/o expropiación de los predios necesarios para la ejecución de las obras del Proyecto FETAB, serán asumidos íntegramente por el inversionista. Para la elaboración de los estudios correspondientes, el inversionista solicitará a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN el otorgamiento de una concesión temporal. La concesión temporal se otorgará dentro del plazo de treinta (30) días de