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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de marzo de 2008 369338 Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 311- 2008 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A., el que consta de 17 cláusulas y 03 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Nº 311-2008, referido en el artículo 3º de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 179266-15Ítem Salida / Llegada de la Línea EléctricaTensión (kV)N° de FasesN° de CircuitosLongitud (km)Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) 01 020304050607080910 11 12131415161718Troncal SE Illimo-Batán Grande-Mayascong Derivación Túcume ViejoDerivación La RayaDerivación SimeDerivación PitipoDerivación Tres PuentesTroncal SE Illimo-MorropeDerivación Hacienda SasapeDerivación Granja SasapeDerivación PositosDerivación Casa Blanca-La Colorada-RomeroDerivación Caracucho-Monte HermosoDerivación CaracuchoDerivación LagarteraDerivación HornitosDerivación LagunasDerivación Arbol SolDerivación Quemazón22,9/13,2 13,213,213,2 22,9 22,9/13,2 22,913,213,213,2 22,9/13,2 22,922,922,913,2 22,9/13,2 22,913,2Trifásico / Monofásico MonofásicoMonofásicoMonofásico Trifásico Trifásico / Monofásico Trifásico MonofásicoMonofásicoMonofásico Trifásico / Monofásico TrifásicoTrifásicoTrifásico Monofásico Trifásico / Monofásico Trifásico Monofásico01 010101010101010101010101 01 0101010149,13 0,350,391,001,042,65 21,88 2,030,460,606,063,450,391,091,041,623,09 0,3111 666 111111 666 11111111 6 1111 6 Autorizan viaje de Director de Geología Regional del INGEMMET a Colombia para participar en asamblea de la ASGMI y en el seminario “Los Servicios Geológicos en la evaluación de los recursos de aguas subterráneas” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2008-EM Lima, 24 de marzo de 2008 VISTO, los Ofi cios Nºs. 414 y 415-2008-INGEMMET/ PCD de fechas de 28 de febrero de 2008, suscritos por el Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos el visto, del Presidente del Consejo Directivo del INGEMMET, señor Jaime Chávez Riva Gálvez, pone en conocimiento la realización de la próxima Asamblea General Ordinaria de la Asociación de Servicios Geológicos Iberoamericanos - ASGMI, así como, el seminario “Los Servicios Geológicos en la evaluación de los recursos de aguas subterráneas”, los mismos que se llevarán a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, entre los días 7 y 10 de abril del 2008; Que, la asistencia a los referidos eventos contribuirá al desarrollo y a los logros de la ASGMI, y particularmente promoverá la propuesta de proyectos de investigación relacionadas con las aguas subterráneas; así como captar apoyo al XIII Congreso Geológico Latinoamericano que se llevará a cabo el mes de octubre en la ciudad de Lima, y asimismo, nos permitirá presentar nuestros aportes en lo que respecta a la evaluación de los recursos de aguas subterráneas; Que, de conformidad con los documentos del visto, los gastos de alojamiento y alimentación del representante del INGEMMET que se designe, serán asumidos por la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI); Que, en tal sentido es necesario autorizar el viaje del doctor Víctor Santiago Carlotto Caillaux, Director de Geología Regional en representación del INGEMMET, institución que asumirá con cargo a su presupuesto, los gastos que por concepto de pasajes y tarifas aeroportuarias se irroguen; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29142, artículo 8º, inciso 2); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Víctor Santiago Carlotto Caillaux, Director de Geología Regional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, entre los días 7 al 10 de abril del 2008, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 584.20 Tarifa CORPAC US$ 30.25TOTAL US$ 614.45