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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2008 (25/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de marzo de 2008 369332 fi nanciera y técnica, constituyéndose para dicho efecto en Unidad Ejecutora y cuya fi nalidad es lograr la rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en estado de emergencia a través del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y sus ampliaciones; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29136 establece que son funciones del Directorio del FORSUR, entre otras, realizar la evaluación general de los efectos de los sismos del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en estado de emergencia; aprobar los planes y proyectos de rehabilitación, construcción y reconstrucción necesarios para el cumplimiento de los fines del FORSUR; priorizar las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos del FORSUR por la Gerencia General, los ministerios, empresas públicas, los gobiernos regionales, los gobiernos locales o terceros, en el marco de los planes y proyectos de rehabilitación, construcción y reconstrucción integral de las zonas declaradas en estado de emergencia; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros ha solicitado una Transferencia de Partidas con cargo a la Reserva de Contingencia por la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 313 018,00) destinados al FORSUR a fi n de que éste atienda el requerimiento efectuado por el Ministerio de la Vivienda, Construcción y Saneamiento, relacionados al desarrollo de expedientes técnicos de saneamiento de 53 proyectos para la provincia de Yauyos, así como el de la Municipalidad de Pisco destinado a la ejecución de obras de remodelación de la Av. Fermín Tangûis en la provincia de pisco; acciones que ha sido priorizadas por el Directorio de FORSUR según los Acuerdos Nºs. 036-06-2008-D-FORSUR y 042-06-2008-D-FORSUR; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos orientados a la Reconstrucción de la Infraestructura por Desastres Naturales, los cuales pueden destinarse al requerimiento efectuado por la Presidencia del Consejo de Ministros, por lo que es necesario autorizar una Transferencia de Partidas por la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 313 018,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29078 y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 313 018,00), destinados al desarrollo de expedientes técnicos de saneamiento de 53 proyectos para la provincia de Yauyos, así como la ejecución de obras de remodelación de la Av. Fermin Tangûis en la provincia de Pisco, acciones que han sido priorizadas por el Directorio de FORSUR según los Acuerdos Nºs. 036-06-2008-D-FORSUR y 042-06-2008-D-FORSUR, de acuerdo al detalle siguiente: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios(En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia 10 313 018,00 ------------------- TOTAL 10 313 018,00 =========== A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 014 : Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007- FORSUR FUNCIÓN 07 : Defensa y Seguridad NacionalPROGRAMA 024 : Prevención y Atención de Desastres SUBPROGRAMA 0066 : Defensa Civil ACTIVIDAD 029434 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital 10 313 018,00 ------------------- TOTAL 10 313 018,00 =========== Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 179266-3