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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de noviembre de 2008 382812 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 282-2008-CE-PJ.- Cesan por límite de edad a magistrado del Distrito Judicial de Lima Norte 382828 Res. Adm. Nº 283-2008-CE-PJ.- Autorizan viaje de magistrado a Ecuador, en comisión de servicio 382829 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 412-2008-P-CSJL-PJ.- Regulan en la Corte Superior de Justicia de Lima el uso racional del servicio de mensajería, la entrega de expedientes y ofi cios, el horario de refrigerio y el recojo de expedientes y escritos en la Mesa de Partes de los Juzgados Especializados en lo Contencioso-Administrativo 382829 Res. Adm. Nº 418-2008-P-CSJL/PJ.- Disponen incorporación de magistrado como integrante de la Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima 382830 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Res. Nº 058-2008-BCRP.- Autorizan viaje de servidor a México, en comisión de servicio 382830 Circular Nº 046-2008-BCRP.- Índice de reajuste diario a que se refi ere el artículo 240° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de noviembre de 2008 382831 MINISTERIO PUBLICO RR. Nºs. 075 y 076-2008-MP-FN-JFS.- Dan por concluidas designaciones de Jefes de las Ofi cinas Desconcentradas de Control Interno de Puno y Amazonas 382831Res. Nº 1463-2008-MP-FN.- Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Puno 382832 Res. Nº 1464-2008-MP-FN.- Encargan el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de San Martín - Tarapoto 382832 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Anexo Ordenanza N° 248-MSI.- Anexo de la Ordenanza N° 248-MSI, que reguló la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito 382833 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Ordenanza Nº 257-MDSMP.- Establecen benefi cios tributarios y no tributarios en el distrito 382836 Ordenanza Nº 258-MDSMP.- Aprueban Ordenanza que extingue las multas administrativas por deudas de cobranza dudosa y en estado virtual 382838 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Acuerdo Nº 108-2008/MVMT.- Exoneran de proceso de selección la reparación de dos camiones de la Municipalidad 382839 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Ordenanza Nº 012-2008-CDB.- Amplían vigencia de la Campaña Gratuita de Registro y Extensión de Licencias Caninas 382841 Ordenanza Nº 013-2008-CDB.- Establecen lineamientos de política municipal para los jóvenes del distrito 382841 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29276 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE EXCEPTÚA AL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO (INPE), A LA AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL Y A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA DEL ARTÍCULO 7º DE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2008, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES Artículo 1º.- Excepción al Instituto Nacional Penitenciario de normas de austeridad para ingreso de personal y autorizar su fi nanciamiento 1.1 Exceptúase al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) durante el Año Fiscal 2008, ante la emergencia suscitada por la insufi ciencia de personal penitenciario necesario para garantizar la seguridad y la atención adecuadas en los establecimientos penitenciarios, de la prohibición de ingreso de personal dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, con el objeto de realizar las siguientes acciones sobre personal: a) Nombrar hasta trescientos cuarenta y tres (343) nuevos agentes penitenciarios de seguridad, previo concurso público, para el proceso de admisión y formación a través del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios (CENECP). b) Nombrar hasta ciento veintisiete (127) profesionales para el tratamiento penitenciario, previo concurso público, para el proceso de admisión y capacitación a través del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios (CENECP). 1.2 Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a utilizar los recursos previstos en la Reserva de Contingencia hasta por el monto de tres millones seiscientos dos mil noventa y 00/100 nuevos soles (S/. 3 602 090,00), para financiar la aplicación de la presente Ley, para cuyo efecto queda facultado a aplicar el procedimiento establecido en el artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.Descargado desde www.elperuano.com.pe