TEXTO PAGINA: 16
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de noviembre de 2008 382826 Artículo 5º .- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 273345-8 VIVIENDA Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Miguel Checa para financiar ejecución de proyecto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 692-2008-VIVIENDA Lima, 31 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúa mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego;Que, con fecha 21 de diciembre de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Miguel Checa, de la Provincia de Sullana del Departamento de Piura (en adelante el Convenio Específi co) con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto “Proyecto de Rehabilitación, Mejoramiento y/o Ampliación de los Sistemas de Agua y Saneamiento de la Localidad de Sojo, Distrito de Miguel Checa, Provincia de Sullana, Departamento de Piura”, con Código SNIP Nº 9992; asimismo la Cláusula Sétima del Convenio Específi co establece que el mismo tiene vigencia hasta la liquidación de la obra; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 697- 2007-VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2007, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de Dos Millones Quinientos Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles ( S/. 2 560 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital de Miguel de Checa, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 9992; asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial estableció que la transferencia fi nanciera se realizaría con cargo al Presupuesto del ejercicio fi scal 2007 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos; Que, con fecha 18 de marzo de 2008, se suscribió la Addenda al Convenio Específi co, por la cual se acuerda ampliar el monto de fi nanciamiento del Proyecto con Código SNIP Nº 9992, hasta por el monto de Dos Millones Ochenta y Cinco Mil Trescientos Tres y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 085 303,00); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 206-2008- VIVIENDA de fecha 03 de junio de 2008, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de Dos Millones Ochenta y Cinco Mil Trescientos Tres y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 085 303,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital de Miguel Checa para fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 9992; Que, con fecha 07 de octubre de 2008, se suscribió la Addenda Nº 002 al Convenio Específi co, con el objeto de ampliar el monto de fi nanciamiento del Proyecto con Código SNIP Nº 9992, hasta por la suma de Dos Millones Setecientos Treinta y Ocho Mil Quinientos Veinte y 97/100 Nuevos Soles (S/. 2 738 520,97); Que, mediante el Informe Técnico Nº 705-2008/ VIVIENDA/ VMCS/PAPT-DE de fecha 09 de octubre de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Miguel Checa, hasta por la suma de Cinco Millones Doscientos Noventa y Ocho Mil Quinientos Veinte y 97/100 Nuevos Soles (S/. 5 298 520,97), para fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 9992, con cargo al presupuesto del año fi scal 2008, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, asimismo informa que los desembolsos de la transferencia fi nanciera aprobada por la Resolución Ministerial Nº 697-2007-VIVIENDA, no se efectuaron dentro del ejercicio presupuestario 2007 por razones de orden administrativo, por lo que recomienda se deje sin efecto la citada Resolución Ministerial; Que, en consecuencia es necesario aprobar una transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Miguel Checa, hasta por el monto de Cinco Millones Doscientos Noventa y Ocho Mil Quinientos Veinte y 97/100 Nuevos Soles (S/. 5 298 520,97); así como dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 697-2007-VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2007; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; Descargado desde www.elperuano.com.pe