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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de noviembre de 2008 382818 Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE de lo dispuesto en el artículo 73° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, a efectos de posibilitar el adecuado fi nanciamiento a las deudas y gastos de mantenimiento de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE, mediante transferencias fi nancieras de recursos de la Presidencia del Consejo de Ministros y existiendo recursos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas que puedan atender tal fi nalidad, resulta viable autorizar una transferencia de partidas a favor del citado pliego por la suma de DOCE MILLONES QUINIENTOS DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 502 500,00); De conformidad con lo establecido en el artículo 45° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1°.- Transferencia de Partidas Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, hasta por la suma de DOCE MILLONES QUINIENTOS DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 502 500,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 : P laneamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0019 : P laneamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO5. Gastos Corrientes 0. Reserva de Contingencia 12 502 500,00 -------------------- TOTAL 12 502 500,00 ------------------- A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 003 : Secretaría General – PCMFUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 003 : Administración SUBPROGRAMA 0006 : Administración GeneralACTIVIDAD 000267 : Gestión Administrativa FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO5. Gastos Corrientes 4. Otros Gastos Corrientes 12 502 500,00 -------------------- TOTAL 12 502 500,00 --------------------Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la ciudad de Lima, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas 273345-2 Aceptan Cooperación Técnica No Reembolsable a ser otorgada por el Gobierno de Japón, para financiar la preparación del Programa “Desarrollo Sostenible del Bajo Urubamba” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 089-2008-EF Lima, 3 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO:Que, el Gobierno de Japón, a través del Banco Interamericano de Desarrollo - BID, otorgará una Cooperación Técnica No Reembolsable a la República del Perú ascendente a US$ 750 000,00 (SETECIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), para fi nanciar la preparación del Programa “Desarrollo Sostenible del Bajo Urubamba”, cuya ejecución estará a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la referida Cooperación Técnica, así como autorizar la suscripción del Convenio ATN/JF-10580-PE que la implemente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional y la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la Cooperación Técnica No Reembolsable a ser otorgada por el Gobierno de Japón, Descargado desde www.elperuano.com.pe