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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de noviembre de 2008 382816 DEFENSA Autorizan el ingreso al Perú de personal militar de Ecuador y Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1364-2008-DE/SG Lima, 31 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1239 de fecha 30 de octubre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Ecuador, sin armas de guerra; Que, pilotos de la Fuerza Aérea de Ecuador realizarán entrenamiento en el Simulador de Vuelo del avión A-37B de la Fuerza Aérea del Perú, en la ciudad de Piura, en el mes de noviembre de 2008; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de nueve (09) ofi ciales de la República Ecuatoriana, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 02 al 08 de noviembre de 2008, para realizar entrenamiento en el simulador de vuelo A-37B, de la Fuerza Aérea del Perú, en la ciudad de Piura. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1364-2008/DE/SG 31 OCT 2008 a) MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de nueve (09) ofi ciales de la República Ecuatoriana para realizar entrenamiento en el simulador de vuelo A-37B de la Fuerza Aérea del Perú, en la ciudad de Piura.b) IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE ECUADOR, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. MAYOR NILO ESTRADA CAICEDO 2. MAYOR BRUNO ZAVALA MAWYIN3. CAPITAN HOMERO QUEVEDO CARRILLO4. CAPITAN PAUL ORTEGA ESPINOSA5. CAPITAN DIEGO MEZA ESCALANTE6. TENIENTE JUAN BRAVO MERCHAN7. TENIENTE LUIS ROSERO AGUIRRE8. TENIENTE PABLO PALACIOS CASTRO9. TENIENTE FERNANDO TEJADA CARDENAS c) TIEMPO DE PERMANENCIA Del 02 al 08 de noviembre de 2008. 273015-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1365-2008-DE/SG Lima, 31 de octubre de 2008CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 1205, de fecha 23 de octubre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, en el mes de noviembre se realizará en la ciudad de Lima la I Reunión de Coordinación de Jefes de Estado Mayor de las Fuerzas Aéreas de Perú y Brasil; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de cuatro (04) Ofi ciales de las Fuerzas Armadas de la República Federativa de Brasil, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 02 al 06 de noviembre de 2008, para participar en la I Reunión de Coordinación de Jefes de Estado Mayor de las Fuerzas Aéreas de Perú y Brasil. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de DefensaDescargado desde www.elperuano.com.pe