Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2008 (19/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de octubre de 2008

objetivos proveer al Directorio, al Presidente y al Gerente General, los estudios e informaciones necesarias para que las politicas del Banco y su entorno macroeconomico permitan la consecucion de la estabilidad monetaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y estando a lo acordado en el Directorio en su sesion del 2 de octubre; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la mision en el exterior del senor MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Jefe del Departamento de Modelos Macroeconomicos de la Gerencia de Politica Monetaria, de la Gerencia Central de Estudios Economicos, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 22 al 24 de octubre, y al pago de los gastos, a fin de participar en la reunion mencionada en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasaje: Viaticos: Tarifa Unica Uso Aeropuerto: TOTAL US$ US$ US$ US$ 1010,09 600,00 30,25 1640,34

Articulo 3°.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA Presidente

266562-1

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de La Encanada
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 412-2008-CG
MORDAZA, 17 de octubre de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 243-2008-CG/ORCAEE, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de La Encanada, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por el periodo comprendido entre 2003 - 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control en la Municipalidad Distrital de La Encanada, teniendo como objetivo, entre otros, determinar si las principales adquisiciones de bienes y servicios efectuadas por la entidad, se realizaron cumpliendo con las disposiciones establecidas en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado y demas normas relacionadas, bajo los criterios de economia, racionalidad y transparencia; con la calidad, oportunidad y precios adecuados; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha determinado que se simulo el MORDAZA de seleccion para la adquisicion de un camion volquete usado del ano 1973 por el precio de US$ 8 000,00, el mismo que se encuentra inoperativo desde noviembre del 2006, y que de acuerdo a la pericia efectuada esta sobrevalorado en S/. 10 815,84; habiendose entregado S/. 30 000,00 a una autoridad de la entidad para el pago del camion, sin embargo, solo se pago S/. 27 955,50; hechos que en conjunto han generado perjuicio economico para la entidad ascendente a S/. 12 860,34, y que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Colusion Ilegal, Peculado y Falsedad Generica, previstos y penados en los articulos 384º, 387º y 438º del Codigo Penal, respectivamente; Que, asimismo, se determino que ex funcionarios de la entidad simularon el MORDAZA de adjudicacion de menor

cuantia para la adquisicion de un sistema de television, el mismo que ya habia sido recepcionado en el centro poblado de MORDAZA Alta del distrito de La Encanada, aun cuando no se contaba con sustento para tal adquisicion, dado que el citado centro poblado no cuenta con fluido electrico; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Negociacion Incompatible y Falsedad Generica, previstos y penados en los articulos 399º y 438º del Codigo Penal, respectivamente; Que, igualmente, se determino que la entidad adquirio en noviembre y diciembre del 2005, en forma fraccionada tuberia valorizada en S/. 1 312 780,90; cuyo ingreso al almacen municipal, asi como su salida a obra no ha sido acreditado, desconociendose el destino y uso de dicha adquisicion; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Peculado, previsto y penado en el articulo 387º del Codigo Penal; Que, conforme al articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico, la tipificacion de los delitos efectuada no limita la competencia asignada al Ministerio Publico en su calidad de Titular de la accion penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

266724-1

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales por presunto perjuicio economico ocasionado a las Municipalidades Provinciales de Chiclayo e Ica
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 413-2008-CG
MORDAZA, 17 de octubre de 2008 VISTO; el Informe Especial Nº 244-2008-CG/ORCHEE, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Chiclayo, departamento de MORDAZA, por el periodo comprendido entre Ene.1999 - Dic.2006; habiendose MORDAZA el alcance al periodo Ago.1994 - Dic. 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial en la Municipalidad Provincial de Chiclayo se realizo por disposicion de la Contraloria General de la Republica, con la finalidad de determinar si la permuta de terrenos aprobada en un Acuerdo del Concejo Municipal, MORDAZA con el sustento tecnico y se realizo en concordancia con las disposiciones legales vigentes, hecho denunciado ante este Organismo Superior de Control;

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