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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (08/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de abril de 2009 393982 esquema de distribución mensual de las aguas del río Huancabamba, conforme dispone el Decreto Supremo Nº 037-2008-AG; Que, el Informe Final del Comité Técnico Interregional de fecha 19 de marzo de 2009, ha sido corregido por Informe de fecha 02 de abril de 2009, respecto a los decimales de determinadas cantidades; De conformidad con lo previsto en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del esquema de distribución mensual de aguas del río Huancabamba entre los Proyectos Olmos y Alto Piura. Aprobar el esquema de distribución mensual de las aguas del río Huancabamba entre los Proyectos Olmos y Alto Piura, conforme al detalle siguiente: 1.1. Caudales disponibles generados en la cuenca alta del río Huancabamba en la sección Tronera, en base a la escorrentía medida en la Estación Limón equivalente al cuarenta y cinco por ciento (45%): Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic Media /total m3/s. 12,62 16,09 19,29 18,84 13,29 13,27 10,95 8,14 6,77 7,30 7,06 8,76 11,86 MMC 33,80 38,92 51,66 48,83 35,60 34,40 29,34 21,79 17,54 19,56 18,30 23,45 373,19 Descontando el caudal ecológico mínimo estimado en 0,585 m3/s, caudal que será validado con el estudio correspondiente, es el siguiente: Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic Media /total M3/s. 12,03 15,05 18,70 18,25 12,71 12,69 10,37 7,55 6,18 6,72 6,48 8,17 11,28 MMC 32,22 37,50 50,09 47,30 34,04 32,89 27,78 20,22 16,02 18,00 16,80 21,88 354,74 1.2 Caudales derivables para el Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Alto Piura, en la sección Tronera, según reserva de agua otorgada mediante Decreto Supremo Nº 012-2008-AG: Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic Media/ Total M3/s. 12,03 12,05 14,45 18,25 12,71 12,69 10,37 7,55 6,18 6,72 6,48 8,17 10,64 MMC 32,22 29,15 38,70 47,30 34,04 32,89 27,78 20,22 16,02 18,00 16,80 21,88 335.00 1.3 Caudales derivables para el Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos, en la sección Limón, según reserva de agua otorgada mediante Decreto Supremo Nº 012-2008-AG: Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic Media/ Total M3/s. 14,71 22,40 27,11 22,31 15,53 15,51 12,67 9,23 7,56 8,21 7,92 9,99 14,43 MMC 39,39 54,19 72,61 57,82 41,60 40,19 33,94 24,72 19,59 21,99 20,53 26,75 453,31 Artículo 2º.- Prórroga del esquema de distribución mensual de la reserva de agua. El presente Decreto Supremo que aprueba el esquema de distribución mensual será prorrogada, previa evaluación, cada dos (02) años, a solicitud de cualquiera de las tres (3) partes involucradas, teniéndose en cuenta que ante la posibilidad de la existencia de excedentes de aguas en el río Huancabamba, se otorgarán reservas adicionales a los proyectos que muestren interés, en el marco de la legislación de aguas vigente y priorizando en función del lugar donde se genere el excedente. Artículo 3º.- Esquema de distribución mensual de aguas de los ríos Tabaconas y Manchara entre los proyectos Olmos y Shumba La distribución de las aguas de los ríos Manchara y Tabaconas, se realizará cuando se recabe la información sufi ciente sobre la demanda hídrica de los proyectos considerados en el Plan de Desarrollo del Gobierno Regional Cajamarca, Gobiernos Locales, entre otros, debiendo considerarse los caudales ecológicos de los mencionados ríos, cuyos valores serán determinados previo estudio y aprobado por la Autoridad Nacional del Agua. Asimismo, se ratifi ca el esquema de distribución señalado en el Decreto Supremo Nº 025-2008-AG, estableciéndose un plazo de 02 meses, después de concluido los estudios que conducirá la Autoridad Nacional del Agua, para que el Gobierno Regional Cajamarca, alcance la información que permita conocer su demanda hídrica y proceder a la mensualización de las reservas. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de abril del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura 334321-1 Dan por concluida designación de Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 014-2009-AG Lima, 7 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 004-2008-AG, se designó al señor JOSÉ LUIS CAMINO IVANISSEVICH en el cargo de Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, se dispuso la fusión del INRENA en el Ministerio de Agricultura, en el cual se estableció que el titular del INRENA se mantendría en el cargo hasta que la Comisión de Transferencia dé su conformidad a la información solicitada para cumplir sus objetivos; Que, el 31 de marzo de 2009, el Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales y los miembros de la Comisión de Transferencia INRENA-MINAG, suscribieron el Acta Final del Proceso de Transferencia del Instituto Nacional de Recursos Naturales en el Ministerio de Agricultura; Que, en tal sentido, es pertinente dar por concluida la designación del señor JOSÉ LUIS CAMINO IVANISSEVICH, en el cargo de Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008- AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, con efectividad al 31 de marzo de 2009, la designación de señor JOSÉ LUIS CAMINO IVANISSEVICH, en el cargo de Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura 334321-4