Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2009 (08/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2009

son exigidos por terceros paises tales como los que integran la Comunidad Europea, para permitir la importacion de estos productos de origen foraneo; Que, en tal sentido, corresponde aprobar la modificacion de los articulo 7º y 18º del Reglamento de la Ley del SANIPES a fin de que la excepcion prevista para el producto denominado aceite refinado de pescado, se haga extensiva a todos los alimentos y piensos de MORDAZA transformacion derivados de recursos hidrobiologicos; De conformidad con las normas citadas precedentemente, y el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de los articulos 7º y 18º del Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera Modificase los articulos 7º y 18° del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2005PRODUCE y modificado por Decreto Supremo Nº 0132008-PRODUCE, los que en adelante tendran el tenor literal siguiente: "Articulo 7.- Condicion para la Certificacion Todo recurso y/o producto pesquero y acuicola que requiera certificacion oficial sanitaria y/o de calidad, debe provenir de una planta premunida de licencia de operacion otorgada por el Ministerio de la Produccion. Excepcionalmente, tratandose de alimentos y piensos de MORDAZA transformacion que son obtenidos a partir de productos derivados de recursos hidrobiologicos, cuyas plantas de procesamiento no estan dentro del ambito de competencia del Sub-Sector Pesqueria y por tanto no requieren contar con licencia de operacion otorgada por el Ministerio de la Produccion, podran acceder a la certificacion oficial sanitaria y/o de calidad siempre que cumplan con los requisitos que disponga la autoridad competente. Para efectos de la presente MORDAZA, se consideran alimentos y piensos de MORDAZA transformacion a aquellos que en sus procesos de fabricacion utilizan, como materia prima o ingrediente(s), productos pesqueros procesados. Quedan exceptuados los productos frescos, congelados, curados, conservas u otros obtenidos mediante procesos tradicionales de produccion". "Articulo 18.- Protocolo Tecnico En adicion a la certificacion oficial, la autoridad competente emite protocolos tecnicos en materia sanitaria y de calidad, para la habilitacion y/o registro de plantas, asi como para el otorgamiento de derechos administrativos por parte del Ministerio de la Produccion. Excepcionalmente, la plantas de elaboracion de alimentos y piensos de MORDAZA transformacion que son obtenidos a partir de productos derivados de recursos hidrobiologicos, las cuales no estan dentro del ambito de competencia del Sub-Sector Pesqueria y por tanto no requieren contar con licencia de operacion otorgada por el Ministerio de la Produccion, podran acceder a los protocolos tecnicos de habilitacion sanitaria, siempre que cumplan con los requisitos que disponga la autoridad competente". Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion 334321-2

Designan funcionarios responsables de brindar informacion y de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Internet del FONDEPES
FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 055-2009-FONDEPES/PCD MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la informacion Publica establece en sus articulos 3º, 5º y 8º que las entidades de la Administracion Publica deberan brindar informacion de su MORDAZA de Internet, Que mediante Resolucion de Presidencia Nº 0102008-FONDEPES/PCD se renovo la designacion de la Doctora MORDAZA Luzdina Injante Ormeno, Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, como funcionaria responsable de brindar informacion requeridas por los ciudadanos en aplicacion de lo establecido en los articulos 3º y 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; Que mediante Resolucion de Presidencia Nº 092-2008FONDEPES/PCD se designo a la Senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Administracion, como funcionaria responsable de la elaboracion y actualizacion de la informacion institucional que se difunda a traves del MORDAZA de internet del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; Que la Doctora MORDAZA Luzdina Injante Ormeno ha dejado de laborar en el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES, por lo que resulta necesario efectuar la designacion correspondiente, renovando a su vez la designacion del funcionario responsable de brindar la informacion solicitada a la entidad. De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo, Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, como funcionario responsable de brindar informacion requeridas por los ciudadanos, en aplicacion de lo establecido en los articulos 3 y 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo 2º.- Renovar la designacion de la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Administracion como funcionaria responsable de la elaboracion y actualizacion de la informacion institucional que se difunda a traves del MORDAZA del Internet del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES, en virtud a lo establecido en el articulo 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 Articulo 3º.- Los servidores y funcionarios del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES, deberan facilitar la documentacion y/o informacion necesaria en el plazo de ley a los funcionarios designados para el cumplimiento de sus funciones. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web de la institucion, debiendo colocarse ademas una MORDAZA de la misma en un lugar visible de la sede central del FONDEPES. Articulo 5º.- Dejar sin efecto la Resolucion de Presidencia Nº 010-2008-FONDEPES/PCD. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 334301-1

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