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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (19/04/2009)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de abril de 2009 394637 Autorizan viaje de funcionario a Colombia para participar en el II Congreso Internacional FIAP- ASOFONDOS “Entorno Financiero y Económico Actual y su Influencia en el Sistema de Pensiones” RESOLUCIÓN SBS N° 2680-2009 17 de abril de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación formulada por la Federación Internacional de Administradoras de Fondos de Pensiones (FIAP) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el II Congreso Internacional FIAP – ASOFONDOS “Entorno Financiero y Económico Actual y su Infl uencia en el Sistema de Pensiones“, organizado por la citada entidad conjuntamente con la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ASOFONDOS), el mismo que se llevará a cabo los días 23 y 24 de abril de 2009 en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento, que congregará a representantes de las autoridades legislativas y del gobierno, organizaciones nacionales e internacionales de fondos de inversión y de pensiones, fondos mutuos y compañías de seguros, entidades reguladoras y de supervisión de las empresas administradoras de fondos de pensiones y representantes de la industria de administradoras de fondos de pensiones, tiene por fi nalidad servir de foro para revisar y analizar las mejores prácticas de reformas regulatorias en el sistema privado de pensiones ante la crisis fi nanciera internacional; Que, asimismo, en el referido Congreso se presentarán y desarrollarán temas relacionados con la gestión de riesgos de los fondos de pensiones, crisis y riesgos fi nancieros, efectos de la crisis fi nanciera en los fondos de pensiones, reformas regulatorias ante la crisis fi nanciera, cuál es el nivel de riesgo fi nanciero que un sistema de capitalización individual puede aceptar, cuáles son las perspectivas económicas para América Latina y su impacto en el ahorro de largo plazo, entre otros; Que, en tanto los temas a tratar en el Congreso serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de supervisión y procesos internos de la SBS, orientados a fortalecer el sistema privado de pensiones peruano, promoviendo la gestión efi ciente de los riesgos que enfrentan los fondos de pensiones e identifi cando y diseñando políticas que mitiguen los impactos de los riesgos de inversión en los fondos de pensiones, se ha designado en esta oportunidad, al señor Mario Mansilla Arrieta, Asesor de la Alta Dirección, para que en representación de esta Superintendencia participe en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-12, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009; En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, Nº SBS- DIR-ADM-085-12; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Mario Mansilla Arrieta, Asesor de la Alta Dirección de la SBS, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia del 22 al 25 de abril de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de su reincorporación deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 629,89 Viáticos US$ 600,00 Tarifa CORPAC US$ 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 337665-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Aprueban Plan Regional de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Varones del Cusco 2009 - 2015 ORDENANZA REGIONAL Nº 051-2009-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en Sesión Ordinaria de fecha dieciséis de marzo del año dos mil nueve, ha tomado conocimiento de la Propuesta del Plan Regional de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Varones de Cusco 2009 - 2015 al ente rector e instancias competentes del Gobierno Nacional; el mismo que después de debatido fue aprobado por Mayoría, Por Tanto: CONSIDERANDO: Que; el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, prescribe; que las Regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la ley Nº 27867 y sus modifi catorias, los Gobiernos