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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (01/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de agosto de 2009 399968 en el artículo 39º que las tasas por concepto de ITSDC se establecerán en porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, de acuerdo con los criterios y márgenes establecidos en el mencionado reglamento; Que, estando a lo previsto en el artículo 38º numeral 38.5) de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Ordenanza Municipal; Que, de acuerdo a lo opinado por la Unidad de Contabilidad en su Informe Nº 096-2009-MPL-OA/UC, por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorando Nº 271-2009-MPL-OPP, por la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 124-2009-MPL/OAJ, contando con la conformidad de la Gerencia Municipal según Proveído Nº 593-2009-MPL-GM, y con Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Administración, Finanzas y Presupuesto Nº 027-2009-MPL/CPL-CPAFP; De conformidad con lo expuesto y en uso de las facultades contenidos en los numerales 8) y 9) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Artículo Primero.- MODIFICAR el Procedimiento Nº 1 correspondiente a la Subgerencia de Defensa Civil sobre Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Ordenanza Nº 296-MPL en lo que refi ere al derecho a cobrarse y que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano de Lima, que la ratifi que. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios al Vecino a través de la Subgerencia de Defensa Civil y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento de la presente Ordenanza; y en su oportunidad su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano a la Ofi cina de Secretaría General; y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. serviciosalciudadano.gob.pe) a la Ofi cina de Informática, publicaciones que deberán efectuarse en la misma fecha. Artículo Cuarto.- APROBAR el formato de solicitud de inspección de defensa civil, el mismo que será de distribución gratuita y/o de libre reproducción, y que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza y que será publicada en el Portal Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. serviciosalciudadano.gob.pe). Artículo Quinto.- DERÓGUESE a partir de la vigencia de la presente norma la Ordenanza Nº 311-MPL. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL