Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2009 (01/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de agosto de 2009

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 317-MDJM
DECRETO DE ALCALDIA N° 011-2009-MDJM MORDAZA MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO, el Memorando Nº 737-2009-MDJM-GR, de fecha 30 de MORDAZA del 2009, remitido el mismo dia; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 74 de la Constitucion Politica del Peru prescribe que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades, dispone que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 317-MDJM, se aprobo el otorgamiento de diversos beneficios tributarios y administrativos, para que de manera excepcional, los contribuyentes y administrados que tuvieran deudas tributarias y de origen administrativo puedan regularizar sus obligaciones pecuniarias pendientes, con las mayores facilidades, fijandose como fecha de vencimiento el 31 de MORDAZA del 2009; Que, el Articulo Noveno de la precitada Ordenanza faculta al MORDAZA para dictar las medidas complementarias para la aplicacion adecuada de la MORDAZA, asi como para la prorroga del vencimiento de los beneficios que la misma preve; Que, la Gerencia de Rentas considera, en el documento de Visto la necesidad de ampliar el plazo a fin que un numero mayor de vecinos, pueda cumplir con la totalidad de sus obligaciones acogiendose a los beneficios otorgados; ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTICULO 42º Y EL NUMERAL 6 DEL ARTICULO 20º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGASE hasta el 15 de agosto del 2009, la vigencia de la Ordenanza Nº 317MDJM que establecio el regimen extraordinario de beneficios para la cancelacion de las deudas tributarias y administrativas. Articulo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica, el cumplimiento de la presente MORDAZA en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusion y publicacion en el MORDAZA institucional, de la misma. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 377782-1

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Aprueban Ordenanza que establece beneficios tributarios en el distrito de Lurin
ORDENANZA MUNICIPAL N° 196 /ML Lurin, 24 de MORDAZA de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurin, visto en Sesion Extraordinaria, Informe Nº 139-2009-GR/ ML de la Gerencia de Rentas, referente a Incentivos Tributarios para los Contribuyentes del Distrito de Lurin, el Dictamen Nº 004-2009-CPAL/ML de la Comision Permanente de Asuntos Legales y Dictamen Nº 00809-CPPRP-REG/ML de la Comision Permanente de Planificacion, Rentas y Presupuesto de la Municipalidad de Lurin. CONSIDERANDO.Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley. Excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, es facultad de la Administracion Tributaria, conceder fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria en casos particulares, acorde con lo normado en el Articulo 36º del Decreto Supremo N° 135-99-EF- TUO del Codigo Tributario; Que, es politica de la presente gestion, incentivar y establecer beneficios para el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes, de sus obligaciones tributarias, siendo necesario por ello otorgar facilidades a los contribuyentes, mediante un regimen temporal que permita el saneamiento de las deudas tributarias. Que, atendiendo a la dificil situacion economica por la que atraviesa el MORDAZA y por consiguiente los vecinos del Distrito, es de imperiosa necesidad la actuacion de la Municipalidad Distrital de Lurin para atenuar dicha situacion otorgando beneficios tributarios a los contribuyentes del distrito a fin de coadyuvar a que estos puedan regularizar su situacion ademas de aminorar los efectos de la crisis economica. Que, estando a lo dispuesto en los Articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO DE LURIN Articulo Primero.- AMBITO DE APLICACION La presente ordenanza es de aplicacion para todos los contribuyentes cuyos predios estan destinados al uso de MORDAZA habitacion. Articulo Segundo. ­ FINALIDAD. Establecer un regimen de beneficios tributarios para los contribuyentes del distrito de Lurin, que demuestren la conducta de cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Articulo Tercero.- BENEFICIO POR PRONTO PAGO Los contribuyentes que realicen el pago total de la determinacion anual de los arbitrios municipales del

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