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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de agosto de 2009 399956 físico vacacional, del día tres al catorce de agosto del año en curso. Que, de lo antes expuesto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, considera procedente conceder las vacaciones solicitadas por el referido magistrado, en consecuencia es pertinente designar a otro magistrado que integre su Colegiado, ello en atención a las labores inherentes del mencionado órgano jurisdiccional y a la trascendencia social de los procesos conocidos por éste, con la fi nalidad de evitar el posible quiebre de las audiencias programadas con antelación o nulidades posteriores, de tal modo que no se vea perjudicado el normal desarrollo del servicio de administración de justicia que la Corte Superior de Lima brinda en favor de los justiciables. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales y Supernumerarios; es así, que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la fi nalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional, en aplicación extensiva de lo establecido en los artículos 219° y 220° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONCEDER el uso del goce físico vacacional solicitado por el señor magistrado, doctor Carlos Hernán Flores Vega. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora JUANA ESTELA TEJADA SEGURA, Juez Titular del Trigésimo Segundo Juzgado Penal de Lima, como Juez Superior Provisional de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres, durante el período de vacaciones del doctor Flores Vega, esto es, desde el día tres al catorce de agosto del año en curso; quedando reconformado el referido Colegiado del siguiente modo: Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima: Dr. Luis Jacinto Sánchez Gonzáles Presidente Dr. Oscar Enrique León Sagástegui (P) Dra. Juana Estela Tejada Segura (P) Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora JULIA MARTA DÁVILA BERNABLE, como Juez Supernumeraria del Trigésimo Segundo Juzgado Penal de Lima, mientras dure la promoción de la doctora Tejada Segura, esto es, del tres al catorce de agosto del año en curso. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 378038-1 Designan Juez Supernumeraria del Noveno Juzgado de Familia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 442-2009-P-CSJLI/PJ Lima, 31 de julio del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 55140-09, el doctor Víctor Alberto Corante Morales, Juez Titular del Noveno Juzgado de Familia de Lima, solicita se le conceda hacer uso de diecisiete días de sus vacaciones pendientes, a partir del 03 al 19 agosto del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, la Presidencia de esta Corte Superior, considera menester nombrar a otro magistrado con la fi nalidad que no se vea afectada el servicio de administración de justicia a favor de los justiciables, a fi n de evitar el posible quiebre de las audiencias programadas con antelación o nulidades posteriores. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)” Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece