Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2009 (23/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de agosto de 2009

Que, asimismo es necesaria que esta informacion sea de conocimiento publico, considerando la difusion del contenido de los Acuerdos y Ordenanzas Regionales, a traves de su publicacion en todos los periodicos murales o en su defecto en un lugar visible de las unidades dependientes del Gobierno Regional de La Libertad: Gerencia General, Gerencias Regionales, Gerencias Regionales Sectoriales y Organos Desconcentrados, por un lapso de 30 dias calendario, con la finalidad de que las personas naturales o juridicas y el publico en general acceda a la informacion que contienen dichos documentos, ello en razon de que en muchas Provincias Distritos o Caserios mas vulnerables de la Region La MORDAZA por su lejania, no tiene acceso a la informacion a traves de los diarios y/o internet. De conformidad con la Constitucion Politica del Peru de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Articulo 37º y Articulo 38º de la Ley Organica de Gobierno Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968 y, estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- APROBAR, la creacion de un Correo Electronico Institucional de todas las unidades dependientes del Gobierno Regional de La Libertad: Gerencia General, Gerencias Regionales, Gerencias Regionales Sectoriales y Organos Desconcentrados, sin perjuicio de las instituciones publicas o privadas que no dependen del Gobierno Regional de La MORDAZA, siempre y cuando esten inmersos dentro de los lineamientos de la Ordenanza y Acuerdo Regionales. El Correo Electronico Institucional a que se refiere el parrafo precedente, debera ser remitido mediante documento a la Secretaria del Consejo Regional La MORDAZA dentro de quince (15) dias habiles de publicada la presente Ordenanza Regional, para los fines correspondientes. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaria del Consejo Regional La MORDAZA la divulgacion de los Acuerdos y Ordenanzas Regionales a traves de los correos electronicos institucionales de todas las unidades dependientes del Gobierno Regional de La MORDAZA referidas en el articulo primero. Las instituciones publicas que no dependan organicamente del Gobierno Regional y/o los organismos privados se les remitiran via correo electronico los Acuerdos y/o Ordenanzas Regionales, solo cuando se encuentren dentro del alcance del contenido de la Ordenanza o Acuerdo Regional. La notificacion se realizara en un plazo de cinco dias habiles de publicado el Acuerdo y Ordenanza materia de notificacion. Articulo Tercero.- DISPONER, que todas las unidades dependientes del Gobierno Regional de La MORDAZA referidas en el articulo primero, la recopilacion y publicacion de los Acuerdos y Ordenanzas Regionales enviados via correo electronico, en el periodo mural institucional y/o en un area accesible al publico en general por el lapso de treinta (30) dias habiles calendario. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA, a 3 de MORDAZA de 2009. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional

Constituyen la Comision Regional de Promocion de la Inversion en la Actividad Acuicola Continental en la MORDAZA de La MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2009-GR-LL/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993; Modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, sobre Descentralizacion Ley Nº 27680; Ley de Bases de Descentralizacion Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968; Ley Nº 29053; y demas Normas Complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA, Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO: En Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha 03 de Junio del 2009, la propuesta de Ordenanza Regional del Consejero Regional por la provincia de Pataz Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dictaminada por la Comision de Produccion del Consejo Regional La MORDAZA, relativa a Constituir la Comision Regional de Promocion de la Inversion en la Actividad Acuicola Continental en la MORDAZA de La MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificatoria, por Ley N° 27680, en el Articulo 192º, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional; fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo y son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de Agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, senala en su Articulo 6º que dentro de los objetivos que la descentralizacion cumplira a lo largo de su desarrollo economico autosostenido y de la competitividad de las diferentes regiones. Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y su modificatoria Ley N° 27902, en el Articulo 8º establece que la gestion de los Gobiernos Regionales se rige, entre otros por el MORDAZA de la competitividad, donde el Gobierno Regional tiene como objetivo la gestion estrategica de la competitividad regional. Para ello promueve un entorno de innovacion, impulso, alianzas y acuerdos entre los sectores publicos y privados, el fortalecimiento de las redes de colaboracion entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de establecimientos productivos y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formacion de ejes de desarrollo y corredores economicos, la ampliacion de mercados y la exportacion; concordante con el articulo 52º de la acotada MORDAZA legal, regula las funciones de los Gobiernos Regionales en materia pesquera, entre otras, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia pesquera y produccion acuicola de la region. Que, el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su Articulo 1º precisa que la presente Ley tiene por objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, optimizando los beneficios economicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; asimismo en su Articulo 37º indica que la acuicultura es la actividad que consiste en el cultivo y produccion de especies acuaticas,

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