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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de diciembre de 2009 407119 MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza Nº 256-MDL.- Derogan la Ordenanza N° 198- MDL que aprobó el Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad 407176 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ordenanza Nº 347-MSS.- Modifi can el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad 407177 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Ordenanza Nº 014-2009-MPH.- Establecen régimen promocional del pago de arbitrios 2009 407180 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES Acuerdo Nº 057-2009-MPT-SG.- Autorizan viaje de funcionario a Brasil para participar en la XVII Workshop Internacional CIFAL, Integración Metropolitana: el Desafío de las Ciudades 407182 SEPARATA ESPECIAL VIVIENDA R.M. N° 320-2009-VIVIENDA.-Aprobación del Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional en área rural para las modalidades de aplicación de construcción en sitio propio y mejoramiento de vivienda 407106 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Reconocen a Comisiones Interguberna- mentales de los Sectores Energía y Minas, Vivienda, Construcción y Saneamiento y de Producción, según lo dispuesto en el D.S. Nº 047-2009-PCM RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 062-2009-PCM/SD Lima, 18 de noviembre de 2009 VISTOS: Los Ofi cios Nº 2347-2009-MEM/SEG y Nº 2410-2009- MEM/SEG, del Ministerio de Energía y Minas; y, el Informe Nº 035-2009-PCM/SD-FNH. CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM; Que, en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009”, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2009- PCM, se ha incorporado un nuevo enfoque para continuar la descentralización administrativa de la provisión de los servicios públicos; para lo cual, se inició, en el año 2003, un proceso de transferencia de competencias y funciones a los Gobiernos Regionales y Locales, cuya culminación está normada y regulada por los Decretos Supremos Nº 049- 2008-PCM, Nº 083-2008-PCM y Nº 064-2009-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 060- 2008-PCM/SD y Nº 001-2009-PCM/SD; Que, dentro de este contexto, para implementar las competencias y funciones transferidas, se hace necesario iniciar, de manera articulada y coordinada, el desarrollo de la gestión descentralizada de los servicios públicos al ciudadano, que implicará la identifi cación de procesos de la gestión compartida, la delimitación de roles por niveles de gobierno y la asignación de recursos humanos, fi nancieros, bienes y otros asociados, en el marco de lo dispuesto en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización y la Vigésima Octava Disposición Final Complementaria de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Que, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 4º del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, antes mencionado, los Ministerios, con la asistencia técnica de las Secretarías de Gestión Pública y de Descentralización, de la Presidencia del Consejo de Ministros, y del Ministerio de Economía y Finanzas, según corresponda, establecerán las disposiciones para el desarrollo de los componentes de la gestión descentralizada, de acuerdo a la naturaleza de las competencias y funciones transferidas, en concertación con los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda, en el marco de Comisiones Intergubernamentales; Que, dichas Comisiones Intergubernamentales deberán ser constituidas por los Ministerios involucrados en el proceso de descentralización, y estarán integradas por representantes de los mismos Ministerios, uno de los cuales la presidirá, así como por representantes de los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda o, en su defecto, por representantes de instancias representativas de los Gobiernos Regionales o Locales, así como de entidades y órganos de la administración pública; pudiéndose designar, también, a quienes los representan en las Comisiones Sectoriales, Regionales y Locales de Transferencia; Que, el Ministerio de Energía y Minas ha solicitado, mediante el Ofi cio Nº 2347-2009-MEM/SEG, el reconocimiento de la conformación de una Comisión Intergubernamental, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, para que se encargue del desarrollo de los componentes de la gestión descentralizada y de la culminación del proceso de transferencia de competencias y funciones de los ciclos 2007, 2008 y 2009, comprendidas en el Art. 59 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de energía, minas e hidrocarburos, entre otros temas de interés a solicitud de las partes involucradas directamente en el proceso de descentralización; Que, asimismo, el Ministerio de Energía y Minas, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 4.2 a) del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, ha remitido a la Secretaría de Descentralización, mediante el ofi cio de Vistos, la relación de los representantes de las entidades que conformarán dicha Comisión Intergubernamental, así como el mecanismo de designación de representantes, objetivos y alcances, y otros aspectos de interés para su adecuado funcionamiento; por lo que, deberá procederse a su reconocimiento mediante la resolución correspondiente; Que, en dicha Comisión Intergubernamental deberá incluirse un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, para que brinde asistencia técnica a dicha Comisión Intergubernamental, en los asuntos que se señalan en los numerales 2.1 y 6.3 del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, materia del presente; Que, el Ministerio de Energía y Minas ha considerado conveniente proceder a la instalación de dicha Comisión Intergubernamental, solamente con aquellos Gobiernos Regionales que hayan suscrito sus respectivos Convenios de Gestión, según lo manifestado en su Ofi cio Nº 2347- 2009-MEM/SEG, por ser una herramienta necesaria para el desarrollo de la gestión descentralizada de la provisión de los servicios públicos (literal g, numeral 2.2 del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM), la cual es una de las funciones de dicha Comisión; y, porque los productos entregables de la Comisión se sustentan en el seguimiento de dichos Convenios de Gestión (literal b, numeral 4.3 del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM); De conformidad con los Decretos Supremos Nº 049- 2008-PCM, Nº 083-2008-PCM, Nº 047-2009-PCM y Nº