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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de diciembre de 2009 407126 AGRICULTURA Aprueban relación de la infraestructura de riego a nivel distrital, los montos asignados a cada una de ellas, los nombres, apellidos y documentos de identidad de los Alcaldes de las Municipalidades Distritales a cargo de la ejecución de mantenimiento de la infraestructura de riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0813-2009-AG Lima, 20 de noviembre de 2009. VISTO: El Ofi cio Nº 1602-2009-AG-DGIH/PERPEC de fecha 19 de noviembre de 2009 del Director General encargado de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica del Ministerio de Agricultura, mediante cual solicita se apruebe la relación de la infraestructura que será materia de mantenimiento de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 054-2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 016-2009, se autorizó, entre otros, un crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, a favor del Pliego 013: Ministerio de Agricultura por la suma de Ciento Cincuenta y Tres Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 153 000 000,00) para el mantenimiento de la infraestructura de riego, los que serán distribuidos priorizando los distritos más pobres y con menores recursos, de acuerdo a lo señalado en el artículo 5º del mismo dispositivo legal; Que, el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 054- 2009, dispone que el mantenimiento de la infraestructura de riego, a que se refi ere el artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 016-2009, se realizará a nivel distrital y comprende canales, bocatomas, aforadores, tomas, reservorios y otras estructuras de distribución de agua de riego, asimismo precisa en el numeral 2.1 del artículo 2º, que los recursos habilitados serán transferidos directamente al Alcalde de la Municipalidad Distrital, donde se ejecutará el mantenimiento de la infraestructura de riego, transferencia que se efectuará bajo la modalidad de Subvenciones, a través del Pliego 013; Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura – Administración Central; Que, el numeral 2.2 del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 054-2009, dispone que el Ministerio de Agricultura, mediante Resolución Ministerial, establecerá la relación de infraestructura de riego a nivel distrital, los montos asignados por infraestructura y los Alcaldes de las Municipalidades Distritales, detallando sus nombres y apellidos, así como, su documento de identidad, debiendo dicha Resolución ser publicada en la municipalidad distrital donde se ejecutará el mantenimiento y en el portal del citado Ministerio (www.minag.gob.pe); Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 110-2009, se aprobó la distribución de Seis Millones Cuatrocientos Veintinueve Mil Ciento Treinta y Dos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6 429 132.00), entre los distritos señalados en su Anexo 01, a efectos de realizar las labores de mantenimiento de la infraestructura de riego conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia 054-2009; Que, el Director General encargado de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica, a través del Programa de Encauzamiento Ríos y Protección de Estructuras de Captación (PERPEC), mediante Informe Técnico Nº 286- AG-DGIH/PERPEC, de fecha 20 de noviembre de 2009, concluye que es necesario aprobar mediante Resolución Ministerial la relación de Infraestructura de riego a nivel distrital que será materia de mantenimiento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, el Decreto de Urgencia Nº 016-2009 y el Decreto de Urgencia Nº 054-2009. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación Aprobar, la relación de la infraestructura de riego a nivel distrital, los montos asignados a cada una de ellas, los nombres, apellidos y documentos de identidad de los Alcaldes de las Municipalidades Distritales a cargo de la ejecución de mantenimiento de la infraestructura de riego, conforme al Anexo que los contiene. Artículo 2º.- Publicación La presente Resolución Ministerial y el Anexo que contiene la relación de la infraestructura de riego que será materia de mantenimiento aprobada en el artículo 1º, se publicará en el Portal Web del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura ANEXO 01 RELACION DE INFRAESTRUCTURA DE RIEGO, MONTOS ASIGNADOS, NOMBRE DEL ALCALDE Y DNI - AMPLIACION PMIR REGION AYACUCHO UBIGEO DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO MONTO ASIGNADO A MANTENIMIENTO NOMBRE DE ALCALDE DNI 10103 AYACUCHO HUAMANGA TAMBILLO 90,000 ARTURO QUISPE SOLORZANO 28291190 1 MANTENIMIENTO CANAL CAYRAMAYO 20,000 2 MANTENIMIENTO CANAL LLANTAPACHA ALTA 8,000 3 MANTENIMIENTO CANAL LLANAMILLA 10,000 4 MANTENIMIENTO CANAL YANAMA 10,000 5 MANTENIMIENTO CANAL FRONTERA Y CHIHUANPATA 8,000 6 MANTENIMIENTO CANAL VILLA CHIQUITA 8,000 7 MANTENIMIENTO CANAL PACCAYNIYOCC 7,000 8 MANTENIMIENTO CANAL ALATRISTA 7,000 9 MANTENIMIENTO CANAL PACUARO 5,000 10 MANTENIMIENTO CANAL PUCAHUASI 7,000 50621 AYACUCHO LUCANAS SANTA LUCIA 42,500 GODOFREDO ROGER BARRIENTOS GUEVARA 07797172 1 Mantenimiento canal santa asto parte baja 6,000 2 Mantenimiento canal sonccolla 3,000 3 Mantenimiento canal patacancha 4,500 4 Mantenimiento canal inqui 4,000 5 Mantenimiento canal bindalete 3,000 6 Mantenimiento pampa burro muerto 4,000 7 Mantenimiento pichccana 2,500 8 Mantenimiento quranniyocc 2,500 9 Mantenimiento lavanda 2,500 10 Mantenimiento ccaracchuaycco 6,000 11 Mantenimiento molleorcco 2,500 12 Mantenimiento paccpayocc 2,000 50616 AYACUCHO LUCANAS SAN JUAN. 60,000 AMERICO ORLANDO PEÑAFIEL GARCIA 28806685 1 Mantenimiento canal lucaspata 7,000 2 Mantenimiento canal chalanhuaycco 4,000 3 Mantenimiento utecmocco 3,000